LEY Nº 2575

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 2575
ARTICULO 1º.- Establécese como superavit de recaudación de Rentas
Generales del Cálculo de Recursos del Ejercicio 1959/60 Ley Nº
2523/1959 y sus modificatorias Nº 2.535/60 y 2.549/60, la suma de
CIENTO CINCUENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CON VEINTISIETE CENTAVOS MONEDA
NACIONAL ($152.374.933,27 m/n.)
ARTICULO 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a la siguiente inversión
del superávit referido precedentemente.
a) Con destino a cubrir las realizaciones
del Plan de Obras Públicas a financiar
con el rubro “Recursos del Crédito”, con
motivo de la reducción de los préstamos
del Estado Nacional autorizados por la
Ley presupuestaria (Nº 2523/59 y sus mo
dificatorias Nº 2535/60 y 2549/60)
Partida b) 1 $ 16.000.000,00
Partida b) 3 “ 7.000.000,00 23.000.000,00
b) Como previsión al Cálculo de Recursos
del Ejercicio 1960/61 Ley Nº 2566/1960: 25.000.000,00
c) DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA OBRAS
PUBLICAS
1 Refuerzo construcción “Edificio
Tribunales” 6.000.000,00
2 Construcción “Matadero San Salvador
de Jujuy” 5.000.000,00
3 “Ampliación Edificio Obispado
de Jujuy” 3.000.000,00
4 “Mayores costos, obras nuevas e
imprevistos para obras en ejecu
ción según Plan Analítico a con
feccionar por el Poder Ejecutivo”
7.227.933,27 21.221.933,27
d) DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
OBRAS PUBLICAS
1 Para pavimentación de: 15.000.000,00
“Barrio 12 de Octubre” y Primero
de marzo”
“Volcán”
“La Esperanza”
“Abra Pampa”
“Ampliación de Obras en ciudad
de Nieva, Villa Gorriti, Tilcara
y centro en San Salvador de
Jujuy”
2 “Mayores costos, obras nuevas e
imprevistos para obras en ejecución
según Plan Analítico a confeccionar
por el Poder Ejecutivo 6.000.000,00
3 “Para adquisición y conservación
de equipos y maquinarias” 2.000.000,00 23.000.000,00

e) DIRECCIÓN DE AGUA Y ENERGIA DE LA
PROVINCIA – OBRAS PUBLICAS
1 “Para electrificación urbana y
rural” según Plan Analítico a
confeccionar por el Poder Ejecutivo
3.400.000,00
2 “Provisión agua potable a Palpalá”
10.000.000,00
3 “Conservación y mantenimiento de
usina y redes” 2.000.000,00
4 “Equipos y Maquinarias”
5 “Para proveer de luz eléctrica a
Pampa Blanca” 600.000,00 18.000.000,00
f) INSTITUTO PROVINCIAL DE PREVISIÓN
SOCIAL – DEPARTAMENTO DE VIVIENDA
1 “Viviendas normalizadas en Barrio
12 de Octubre” 3.000.000,00
2 “Viviendas normalizadas en Villa
Luján” 6.000.000,00
3 “Viviendas normalizadas en La Men
dieta” 2.000.000,00
4 “Viviendas económicas en San Pedro”
2.000.000,00
5 “Viviendas económicas en Chalicán” 2.000.000,00
6 “Viviendas económicas en Libertador
General San Martín” 3.000.000,00
7 “Viviendas económicas en Estación
Perico” 3.000.000,00
8 “Viviendas económicas Calilegua” 2.000.000,00
9 “Viviendas económicas en Palpalá” 3.000.000,00 26.000.000,00
g) CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN
1 Para provisión cargos de personal
de servicio en escuelas a habilitarse
y en las actualmente en fun
cionamiento a las que se agregaren
turnos intermedios, según pre
supuesto a confeccionar por Con
sejo General de Educación “ad-referendum”
del Poder Ejecutivo. 1.000.000,00
h) MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
1 Para gastos en personal – incluido
leyes sociales – Sueldo Anual
complementario o de la Dirección
de Lucha Antituberculosa; Dirección
de Medicina Asistencial, Pre
ventiva y Social y Hospital de
Fraile Pintado “Presbitero E. Zegada”,
según presupuesto a confec
cionarse por el Ministerio de Salud
Pública “ad-referendum” del
Poder Ejecutivo. 4.000.000,00
i) SUBSIDIOS A MUNICIPALIDAD Y COMISIONES
MUNICIPALES 10.000.000,00
j) Para subsidio de acuerdo al siguien
te detalle:
1 Biblioteca Popular “Domingo Fausti

no Sarmiento” San Pedro de Jujuy 15.000,00
2 Bibliotecas de Libertador General
San Martín y El Carmen, a razón de
$7.000,00 m/n. c/u. 14.000,00
3 Bibliotecas de Tilcara, San Antonio,
Humahuaca, Santa Catalina, Abra
Pampa, Maimará, La Quiaca y Ya
vi, a razón de $3.000.- m/n. c/u. 24.000,00
4 Biblioteca “Domingo T. Pérez” de
El Carmen, para fundar la Bibliote
ca “Mariano Moreno” de Estación Pe
rico a razón de $20.000 c/u 40.000,00
5 Club Atlético “Independiente”, de
San Pedro 150.000,00
6 Liga Puneña de La Quiaca 20.000,00
7 Club Sportivo “Rivadavia” de El
Carmen 20.000,00
8 Jujuy Billar Club 40.000,00
9 Club Atlético “Villa San Martín” 20.000,00
Ciudad
10 Asociación Amigos de Tilcara 60.000,00
11 Asociación “Del Milagro” de El
Carmen 10.000,00
12 Escuela de no Videntes “Vicente
Castro Cambón” de San Pedro 50.000,00
13 Club Atlético “Independiente”
ciudad 200.000,00
14 Club Atlético “Parque Roca” ciudad
80.000,00
15 Club Atlético “San Pedro” de San
Pedro 50.000,00 793.000,00
k) MINISTERIO DE GOBIERNO
1 Treinta becas a estudiantes universitarios
a razón de $1.500.-
m/n. c/u. a partir del 1º de marzo
de 1961, previo decreto reglamentario
de adjudicación de becas
del Poder Ejecutivo 360.000,00 360.000,00
TOTAL: 152.374.933,27
ARTICULO 3º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar, por intermedio
de la Contaduría General, los movimientos contables a que dieran
origen las disposiciones de la presente Ley.
ARTICULO 4º.- El Poder Ejecutivo reglamentará el sistema a implantarse
en el régimen de construcción de viviendas a efectuarse por intermedio
del Instituto Provincial de Previsión Social Dirección de la Vivienda,
a los efectos que dieran lugar la negociación de las referidas
viviendas y al ingreso de los fondos que por ellos se recauden, como
así también, todas las tramitaciones relativas a llamados de
licitación, aprobación de las adjudicaciones y liquidación de los
certificados de obra que emitiera la repartición técnica, con
afectación a los fondos autorizados por esta Ley.

ARTICULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Diciembre de 1960.-
RAMON R. VALDEZ
Secretario
JULIO CESAR FOSSATI
Vice-Presidente 1º