LEY Nº 2574
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2574
ARTICULO 1º.- Apruébase el convenio celebrado el día 29 de noviembre
del año en curso, entre S.E. el señor Ministro de Hacienda, Economía,
Obras Públicas y Previsión Social, arquitecto DOMINGO HORACIO BACA, en
representación de la Provincia de Jujuy; y varios propietarios de San
José del Bordo (San Pedro); a los efectos de la construcción de una
obra hidráulica para el aprovechamiento de las aguas del Río Lavayen
con fines de riego de las tierras de la Colonización de San José del
Bordo, con un presupuesto estimativo de NUEVE MILLONES DE PESOS MONEDA
NACIONAL ($9.000.000,00 m/n.) a financiar por partes iguales intre el
Estado y los propietarios.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Diciembre de 1960.-
RAMON R. VALDEZ
Secretario
JULIO CESAR FOSSATI
Vice-Presidente 1º