LEY Nº 697

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 697
ARTICULO 1.- Acuérdase un subsidio a favor de la Municipalidad de El
Carmen por una sola vez, por la suma de CINCO MIL PESOS MONEDA
NACIONAL ($5.000.- M/N) con destino a la construcción del Mercado
Municipal del Pueblo El Carmen.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
hará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy Agosto 25 de 1925.-
J. CUEVAS CEJAS FROILAN A. CALVETTI
Secretario Presidente