BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 05/11/14

Icon_PDF_6DECRETO-ACUERDO Nº 5138-H.-

EXPTE. Nº 500-139-2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 JUL. 2014.-

VISTO:

El artículo 35 de la Ley Nº 5.794, el Convenio de Vinculación con el Agente Financiero de la Provincia de fecha 22 de mayo de 2014 y;

CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 35º de la Ley Nº 5.794 se instruyó al Poder Ejecutivo Provincial a renegociar con el Agente Financiero de la Provincia las actuales condiciones, prestaciones y plazo contractual del Contrato de Vinculación, con el fin de garantizar una reducción del costo de los servicios previstos en el contrato vigente y ampliar el objeto del mismo a fin de dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la Ley Nº 4838;

Que, el agente financiero prestó su conformidad para la renegociación en los términos de la mentada norma y formuló la correspondiente propuesta conforme surge de fojas 27 y sgtes;

Que, el ofrecimiento fue debidamente ponderado por distintos órganos dotados de competencia específica en la materia del Ministerio de Hacienda, los que asimismo realizaron propuestas tendientes a acordar condiciones más ventajosas para la provincia;

Que, ello surge de los informes emitidos por Tesorería de la Provincia a fs. 42/47 y Contaduría de la Provincia-fs. 48/49-, los que concluyen que la propuesta es superadora para el Gobierno de la Provincia pues éste obtendría una importante disminución en las comisiones que debe abonar por año calendario. Propone por su parte el último de ellos, un incremento del importe de las inversiones a realizar por el agente financiero respecto del señalado por el banco a fojas 27 y cctes;

Que, por su parte el Sr. Secretario de Egresos Públicos a fs. 50/65 señala la conveniencia de incorporar, entre otros ítems, una cláusula de promoción del desarrollo económico provincial a fin de que el agente financiero de prioridad el acceso al crédito a los habitantes, fomente la industria, el turismo y actividades productivas radicadas en el territorio provincial, promover el desarrollo económico y todo aquellos que, acorde a su naturaleza, mejore las condiciones de vida, de trabajo, de producción, de industria, y de la cultura de la provincia;

Que con fecha 22 de mayo de 2014 el titular de la cartera de Hacienda suscribió con el Banco Macro S.A. un nuevo convenio de vinculación; en el que se plasmo el resultado del proceso al incorporarse las mejoras sugeridas por los órganos intervinientes, dando de esta manera plena observancia a lo dispuesto en las Leyes Nº 5.794 y Nº 4.838;

Que, obra en autos dictamen legal del Sr. Fiscal de Estado;

Por ello, y en uso de sus facultades;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Apruébase el Convenio de Vinculación y su Anexo de fecha 22 de mayo de 2014 suscripto entre el MINISTERIO DE HACIENDA y el BANCO MACRO S.A.

ARTICULO 2º.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publiquese en el Boletín Oficial, pase a Contaduría de la Provincia, Tesorería de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y archívese.

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR