BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 10/07/2009
DR. CARLOS MARCELO COSENTINI, Pte. De Trámite en la Vocalía N° 7 de la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcia. De Jujuy, en el Expte. N° B-197.522/08, caratulado: “INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS EN EXPTE. N° A-80108/93: EDUARDO PAZ c/ PEDRO CANCIO FIGUEROA”, hace saber: Dispónese emplazar al Sr. Pedro Cancio Figueroa para que pague la suma de Pesos Un Mil ($ 1.000) por Capital, con mas la suma de Pesos Quinientos ($ 500) por acrecidas y para que, en defecto de pago, oponga excepciones legítimas si las tuviere en el plazo de cinco (5) días que se computarán a partir del décimo día posterior a la última publicación de los edictos que se ordena publicar, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución e intímaselo a constituir domicilio legal bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del C.P.C..- Publíquese Edictos en Boletín Oficial y Diario Local por tres veces en cinco días Notifíquese (art. 155 del C.P.C.). – Líbrese Edictos” Fdo. CARLOS M. COSENTINI Pte. De Trámite.- Ante mí: SERGIO W. GARCIA – SECRETARIO.-SAN SALVADOR DE JUJUY, JUNIO 25 DE 2009.-
08/10/13 JUL. LIQ Nº 82260 $ 20,50.-








