BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 01/07/2009

DRA. AMALIA INES MONTES- JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 13, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a JORGE CASTILLO, que en el Expte. Nº B-182534/08 caratulado: “EJECUTIVO: RIVERO SILVIA PATRICIA c/ CASTILLO JORGE “ se ha dictado la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 DE JUNIO DE 2009.-AUTOS Y VISTOS:.. CONSIDERANDO:..-RESUELVE: 1.-Tener por presentada a la Defensora Oficial de Pobres y Ausentes DRA. CRISTINA MARCO en representación del SR. JORGE CASTILLO de conformidad a lo dispuesto por los arts. 196, 474 y cctes. del C.P.C.. Por constituido domicilio legal.-II.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por SILVIA PATRICIA RIVERO en contra de JORGE CASTILLO hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 1.450,00), con más el interés a la TASA ACTIVA que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago.-III.-Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- IV.-Regular los honorarios profesionales del DR. RODRIGO S. MACHADO en la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA ($ 660,00) por su labor desarrollada en autos, suma esta que sólo en caso de mora devengará intereses conforme TASA PASIVA que publica diariamente el B.C.R.A., conforme lo considerado; con más I.V.A. si correspondiere.- V.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.-VI.-Notificar por cédula y por edictos.-VII.-Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.-VIII.-Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-FDO. DRA. AMALIA INES MONTES – JUEZ – ANTE MI DRA. PAULA TURK MATEO – SECRETARIA HABILITADA”.- Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial y un Diario Local, por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de Junio de 2.009.-

01/03/06 JUL. LIQ. Nº 81707 $ 20,50.-