BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 26/10/16
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 5962/2016.-
ARTICULO 1º.-Declárase Patrimonio Cultural Provincial a la Sala de Los Molinos y al inmueble que ocupa su parque, individualizados catastralmente como Padrón A-53624; Circunscripción 1; Sección 17; Parcela 583 – ubicados en San Pablo de Reyes, Dpto. Dr. Manuel Belgrano.
ARTÍCULO 2.-El Poder Ejecutivo Provincial establecerá por vía reglamentaria y con el debido asesoramiento técnico, los trabajos y materiales que para su restauración, resguardo, preservación y conservación resulten necesarios, imputando las partidas presupuestarias al cumplimiento de la presente, en los términos previstos en la Ley N° 5751 “Ley Marco de Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de Jujuy”.
ARTÍCULO 3.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Octubre de 2016.-
Dr. Javier De Bedia
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
CPN Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-742/2016.-
CORRESP. A LEY Nº 5962.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT 2.016.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Cultura y Turismo, Ministerio de Ambiente, Ministerio de Hacienda y Finanzas y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR