BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 26/10/16

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5962/2016.-

ARTICULO 1º.-Declárase Patrimonio Cultural Provincial a la Sala de Los Molinos y al inmueble que ocupa su parque, individualizados catastralmente como Padrón A-53624; Circunscripción 1; Sección 17; Parcela 583 – ubicados en San Pablo de Reyes, Dpto. Dr. Manuel Belgrano.

ARTÍCULO 2.-El Poder Ejecutivo Provincial establecerá por vía reglamentaria y con el debido asesoramiento técnico, los trabajos y materiales que para su restauración, resguardo, preservación y conservación resulten necesarios, imputando las partidas presupuestarias al cumplimiento de la presente, en los términos previstos en la Ley N° 5751 “Ley Marco de Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de Jujuy”.

ARTÍCULO 3.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Octubre de 2016.-

Dr. Javier De Bedia

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

CPN Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-742/2016.-

CORRESP. A LEY Nº 5962.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT 2.016.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Cultura y Turismo, Ministerio de Ambiente, Ministerio de Hacienda y Finanzas y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR