LEY Nº 2559

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 2559
ARTICULO 1º.- Apruébase el contrato de locación del Hotel TERMAS DE
REYES y el convenio sobre cesión de la explotación industrial y
comercial del agua mineral surgente en las adyacencias de Hotel,
celebrado con fecha 27 de julio de 1.960 entre el Gobierno de la
Provincia, representado por el S.D. el Señor Ministro de Hacienda,
Economía, Obras Públicas y Previsión Social, Arquitecto DOMINGO
HORACIO BACA, y Termas de Reyes Sociedad Anónima.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, agosto 30 de 1960.-
RAMON R. VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente