BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 12/06/2009

La Dra. HILDA BEATRIZ OLMEDO ha dictado en el Expte. N° B-199756/08, caratulado: “Indemnización por despido indirecto con justa causa y otros: TARIFA, EUGENIO c/ EL VALLISTO S.R.L.”, el siguiente proveído: / / / SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de diciembre del 2.008.- De la demanda interpuesta en autos, CÓRRASE TRASLADO a la accionada EL VALLISTO S.R.L., en el domicilio denunciado, a quienes se emplaza para que comparezcan ante este Tribunal a contestarla dentro del termino de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de tenérsela por contestada si así no lo hiciere (Art. 51 del CPT).- Asimismo y por igual plazo, intimase a los accionados para que constituyan domicilio legal dentro de los TRES KILOMETROS de asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle sucesivas resoluciones por Ministerio de la ley (Art. 22 del CPT y 52 del CPC).- Notificaciones en Secretaria, los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- Notifíquese por cédula.- San Salvador de Jujuy, 21 de abril/2.009.- Atento el resultado negativo de la medida realizada a fs. 44, notifiquese el decreto de fs. 42 a la demandada mediante EDICTO en el Boletín Oficial y un Diario local por Tres veces en cinco dias, facultándose al Dr. JOSÉ ALEJANDRO BERTOLONE o la persona que este designe para su diligenciamiento.- Asimismo se hace saber que la diligencia del presente, se hará conforme a los Arts. 24 del CPT, y Art. 20 de la Ley de Contrato de Trabajo, quedando por lo tanto el mismo libre de tasas e impuestos.- Fdo. Dra. HILDA BEATRIZ OLMEDO.- Juez.- S. S. DE JUJUY, 20 de Abril de 2.009.-

12 /17/19 JUN. S/C.-

DRA. AMELIA INES MONTES- JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 13, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a MARIA ELVIRA VELAZQUEZ, que en el Expte. Nº B-193.681/08, caratulado: “EJECUTIVO: YUNES DE ZAMAR, EUGENIA BEATRIZ c/ VELAZQUEZ MARIA ELVIRA”, se ha dictado la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, Mayo de 2.009.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- Atento las constancias de autos y lo solicitado a fs. 37, notifiquese por edictos a la demandada MARIA ELVIRA VELAZQUEZ que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y de conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 del C.P.C., intímase a la accionada a depositar la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA ($ 780,00), con más la de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 234,00) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de L.O. del Poder Judicial).- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intímase a constituír domicilio legal dentro del radio de los TRES KM. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Item.- Asimismo hágase saber a la demandada que las copias para traslado se encuentran en Secretaría.- A tal fín publíquense edictos en un diario local y boletín oficial TRES VECES en CINCO DIAS.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C..- Fdo. DRA. AMALIA INES MONTES- JUEZ- Ante mí Dra. PAULA TURK MATEO- SECRETARIA HABILITADA”.- Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial y un Diario Local, por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de Mayo de 2.009.-

12 /17/19JUN. LIQ. Nº 81596 $ 20,50.-

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 14, en el Expte. Nº B-164.273/06, caratulado:” EJECUTIVO: JOSE MARIA CASARES DE TEZANOS PINTOS C/ SERGIO IVAN SOLIS y JORGE SOLIS”, se hace saber al demandado Sr. JORGE SOLIS, la siguiente PROVIDENCIA: “ SAN SALVADOR DE JUJUY, de mayo de 2009.- Proveyendo a la presentación de fs. 73: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fs. 46 mediante Edictos – Art.162 del C.P.C..-, a publicarse en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación de la provincia y la de Salta.- Notifíquese y expídanse Edictos.- Fdo. Dra. AMALIA I. MONTES – JUEZ.. Ante mi: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA – Secretaria”.- “ PROVIDENCIA DE FS. 46: “ SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de Marzo de 2008.- Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los artículos 472, inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C. , líbrese en contra de los demandados SERGIO IVAN SOLIS y JORGE SOLIS, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de PESOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($26.325.-), en concepto de capital con más la de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE con 50/100 ($7.897,50.-) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo.- Asimismo, cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Secretaria Nº 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses, costos y costas, por igual término que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 52 del item ).-…- Notifíquese y expídase mandamiento.- Fdo.: Dra. AMALIA I. MONTES – JUEZ – Ante mí: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA – Secretaria”.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría.- SECRETARIA: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de mayo de 2009.-

12/17/19 JUN. LIQ. Nº 81597 $ 20,50.-