BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 12/06/2009

PRIMER TESTIMONIO Nº 74.- SECCION “A”.- ACTA DE MANIFESTACION DE VOLUNTAD: DISOLUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: “JUAN CARLOS BELOTTI Y CIA S.R.L.”.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a veintidós de mayo de mil novecientos noventa y ocho, ante mi: Berta Gladys Nazario de Farfán, Escribana Nacional, titular del Registro número veintiséis, comparecen los esposo en primeras nupcias, Don JUAN CARLOS BELOTTI, Libreta Enrolamiento Nº 7.249.630 y Doña MARTA OFELIA VAZQUEZ, Libreta Cívica Nº 7.578.130, ambos argentinos, mayores de edad, domiciliados en calle Pasquini López Nº 335, Barrio Alto La Viña de esta Capital, personas hábiles, de mi conocimiento, doy fe, asi como de que expresan: Que entre ambos existe inscripta, una sociedad de responsabilidad limitada constituida por instrumento privado de fecha veinte de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, bajo la razón social de JUAN CARLOS BELOTTI Y CIA. S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio al folio 213, Acta Nº 211 del Libro de S.R.L. y bajo Asiento Nº 180, AL FOLIO 1115/1117 S.R.L. del Legajo I, Tomo III del Registro de Escrituras Mercantiles; Que en virtud de que la referida sociedad nunca tuvo actividad social, atento a que el titular de los negocios se desempeñaba comercial y fiscalmente a título personal; Que la misma, se constituyó al solo y único efecto de disolver la Sociedad Anónima, según constatación existente en el Expediente Nº 11162, Libro II tramitado en el Juzgado de Comercio de esta Provincia caratulado JUAN CARLOS BELOTTI Y CIA. S.R.L. Y EL SPORTMAN S.R.L. SOLICITAN INSCRIPCION DE LOS CONTRATOS SOCIALES Y CANCELACION DE “EL SPORTMAN S.A.”, Que atento a que la misma sólo se constituyó confines prácticos y a ese solo efecto; Que dadas, las circunstancias expuestas, vienen de común y mutuo acuerdo a manifestar que han decidido poner término a la sociedad constituida bajo la razón social JUAN CARLOS BELOTTI Y CIA. S.R.L. dejando acordada la completa disolución de la misma desde la fecha de su constitución.- Que sólo compone el activo de la sociedad, una Unidad Funcional, sometida al Régimen de Propiedad Horizontal, sujeta a las disposiciones de la Ley Nacional Nº 13.512 y Provincial Nº 218 y sus respectivos Decretos Reglamentarios, totalmente construida en el Sector de Galería Comercial del Edificio IMPULSO, ubicado en calle Belgrano Nº 777 de esta ciudad, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, el que según Plano de Subdivisión en Propiedad Horizontal, aprobado por Resolución de Dirección General de Inmuebles Nº 8 de fecha 11 de julio de 1973, se individualiza como UNIDAD FUNCIONAL ONCE, de Planta Baja y Entrepiso, Padrón A- 46.941hoy MATRICULA A- 2344/71 – 46.941, con una Superficie Propia cubierta de 22, 79 m2. Superficies Comunes: superficie común indivisa: 14,06 m2, con un porcentual del 3% y que conforme al contrato social que se deja sin efecto corresponde a cada uno de los integrantes de la misma, Don Juan Carlos Belotti y Marta Ofelia Vázquez de Belotti, el cincuenta por ciento del mismo.- Que dejan asimismo constancia de que no existe pasivo ni deudas previsionales, impositivas ni otros impuestos o tasas pendientes por no haber desarrollado movimiento social ni comercial alguno.- Finalmente manifiestan los comparecientes que queda expresamente autorizada la firmante, Doctora MARTA OFELIA VAZQUEZ DE BELOTTI, para gestionar la baja de la sociedad en el Registro Público de Comercio y toda otra diligencia necesaria a los efectos procesales y tributarios que hubiere lugar, solicitar del Juzgado competente la correspondiente toma de razón de la presente Acta y que se ordene la publicación de los Edictos y se libren los Oficios correspondientes a Dirección General de Inmuebles.- Previa LECTURA y RATIFICACION, firman los comparecientes en la forma de estilo, por ante mi, que certifico y doy fe.- FIRMA ILEGIBLE.- Ante mi: N DE FARFAN. Sigue mi sello notarial.- CONCUERDA con su matriz que corre de fojas doscientos al doscientos uno del Protocolo de este año a mi cargo, doy fe.- Para los interesados expido este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial Serie “A” Nº 00167028 y la presente que rubricadas sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 1.9550.-

San Salvador de Jujuy, 9 de Julio de 2009.-

Dr. Ramón Antonio Sosa

Jefe de Mesa General de Entrada

por habilitacion al JUZGADO de comercio

12 JUN. LIQ. Nº 81594 $ 101,70.-