BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 10/06/2009

Dr. CARLOS MARCELO COSENTINI, Pte. de Trámite, en la Vocalia Nº 7, de la Sala IIIra. De la Cámara en lo Civil y Comercial, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-167676/07, caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: PABLO FERDNANDO MENDIVIL C/ ARIEL CONRADO PEÑALOZA Y OTRO”, hace saber al Sr. ENRIQUE ABAN D.N.I. Nº 08.192.683, que se ha dictado el siguiente decreto: “SAN SALVADOR DE JUJUY, JUNIO 29 DEL 2.007.- De la demanda interpuesta y su Ampliación, TRASLADO al demandado ENRIQUE ABAN, a quién se cita y emplaza para que la conteste, dentro del plazo de QUINCE DIAS de su notificación, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si asi no lo hicieren (art. 298 del C.P.C.). Asimismo intimase al demandado para que constituya domicilio dentro de los TRES KILOMETROS del asiento de esta Cámara en el mismo plazo antes fijado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de la Ley, todas las resoluciones posteriores (Art. 52 del C.P.C.).- Notifiquese (Arts. 154 y 156 del C.P.C.).- Fdo. Dr. CARLOS M. COSENTINI – Pte. de Trámite – ante mi: Sr. SEGIO W. GARCIA – SECRETARIO.- Hácese constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los edictos respectivos. A esos fines, publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en diez días.- SAN SALVADOR DE JUJUY, OCTUBRE 29 DEL 2.008.-

10/12/19 JUN. LIQ. Nº 81573 $ 20,50.-