LEY Nº 2550
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2550
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir, en donación
y a favor del OBISPADO DE JUJUY, con destino a la construcción de una
iglesia y de la casa parroquial, la manzana Nº 33 del “Barrio Mariano
Moreno” de esta ciudad, que posee una superficie de 3.534 m2, con
dominio a nombre del Estado Provincial.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, agosto 12 de 1960.-
RAMON R. VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente