BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 08/05/2009

Dr: Jose Luis Cardero- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la Provincia de Jujuy, hace saber que en el Expte. Nº B-200.307/08, caratulado: “Concurso Preventivo de Acreedores S/ CONSALVO Alberto Oscar, ARTUNDUAGA Egnie Ramona”, se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 17 de abril de 2.009. AUTOS: Y VISTOS: ….RESULTA: ….CONSIDERANDO:…RESUELVO: I.- Revocar el decisorio de fecha 16 de febrero de 2009. 2.- Tener por desistido de igual petición a Alberto Oscar Consalvo. 3.- Declarar la apertura del Concurso Preventivo de Egnie Ramona Artunduaga, D.N.I. Nº 17.334.929, con domicilio en calle Cnel. Dávila Nº 523 del Bº Ciudad de Nieva de esta Capital. 4.- Designar el día 14 de mayo de 2009, a horas nueve, como fecha de audiencia en la que se realizará el sorteo del Síndico, en la Secretaria de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia conforme lo dispone la reglamentación. 5.- Fijar como fecha tope para que los acreedores soliciten la verificación de sus créditos al síndico que resulte designado- en u domicilio legal- para el día 06 de julio de 2009. 6.- Establecer como plazo tope para el síndico para presentar el Informe Individual de los créditos el día 20 de agosto del corriente año (Art. 35 LCQ). 7.- Disponer que el plazo para proponer la categorización de acreedores se operará a los diez días hábiles siguientes al dictado de la sentencia de verificación de créditos (Art. 41). 8.- Se fija como fecha de la presentación del Informe General el día 30 del mes de octubre del corriente año (Art. 39 LCQ). 9.- Fijar como fecha de la realización de la Audiencia Informativa el día 17 de noviembre del corriente año, la que se realizará a hs. 8,30, en la Sede de este Juzgado, y a la que deberán comparecer obligatoriamente el deudor y opcionalmente los acreedores que lo deseen. Para el caso que el deudor obtuviere conformidades del Art. 45 LCQ, la audiencia no se llevará a cabo. 10.- Ordenar la Inhibición General de Bienes para gravar y disponer bienes registrables de la deudora, debiendo ser anotado en los registros pertinentes dentro de los cinco días y bajo apercibimiento de se considerada falta grave, debiendo el síndico verificar el estricto cumplimiento de éste apartado. 11.- Intimar a la concursada a que deposite la suma de $ 1000, para atender gastos de correspondencia y gastos administrativos de la sindicatura. 12.- Disponer la publicación de edictos de la concursada en la forma de ley- con el formato de impresión adecuado al objeto-, acompañándose los justificativos dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de éste concurso en la forma establecida por el Art 30. 13.- Ordenar que en caso de que los días prefijados resulten inhábiles o feriados los actos procesales serán realizados el día subsiguiente hábil inmediato superior. 14.- Regístrese, déjese copia en autos y notifíquese. Fdo.: Dr. José Luis Cardero, Juez ante mi Dra. Ema Buliubasich, Secretaria.- Secretaria Nº 2.- Dra. Emma Buliubasich.- Publíquese tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 4 de mayo de 2009.-

08/11/13 MAY. LIQ. Nº 80753 $ 20,50.-