BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 06/05/2009
CESION DE CUOTAS SOCIALES DE KRYSYS S.R.L.
Entre MARIA JULIA MARTEARENA D.N.I. Nº 28.073.711, argentina, con domicilio en calle Ituzaingo 690 del departamento Manuel Belgrano, representada en este acto por la Sra. LILIANA GARCIA, DNI 10.616.761, conforme al Poder que exhibe en este acto, en adelante la parte CEDENTE y SILVIA GRACIELA VALDEZ, DNI 24.790.564, con domicilio en Avenida Ricardo Balbín 2.195 del Barrio Bajo La Viña de esta ciudad, en adelante el CESIONARIO; todos mayores de edad y hábiles para contratar, convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales de KRYSYS Sociedad de Responsabilidad Limitada, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: La parte CEDENTE CEDE y TRANSFIERE a favor del CESIONARIO el cincuenta por ciento de las cuotas sociales que posee en la sociedad denominada KRYSYS S.R.L., es decir, cincuenta (50) cuotas, por la suma de pesos cinco mil ($5.000,00), importe que es abonado al momento de la firma del presente contrato. Se deja expresamente establecido que dentro del precio pactado se encuentra incluido todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponderle al cedente en su carácter de socio de la sociedad y propietario de las cincuenta cuotas cedidas, quedando el mismo completamente desvinculado de la mencionada sociedad desde el día de hoy.- SEGUNDA: Por su parte el CESIONARIO, declara aceptar esta cesión de las cuotas sociales, objeto de este contrato, en las condiciones expresadas.- TERCERA: Todos los abajo firmante, a través de los estados contables, comprobantes y documentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad que aceptan y ratifican totalmente.- Leída y de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en San Salvador de Jujuy, a los 23 días del mes de Marzo del año 2009.- ACT. NOT. Nº A-00643627- ESC. BLANCA IRMA ALFARO- TIT. REG. Nº 20- S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 16 de Abril de 2009.-
NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA
ESCRIBANO
JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY.-
06 MAY. LIQ. Nº 80105 $ 52,70.-








