LEY Nº 670

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 670
ARTICULO 1.- Prorrógase hasta el 31 de Diciembre del corriente año el
plazo para el pago sin multa de la Contribución Territorial
correspondiente al presente año.
ARTICULO 2.- Comuníquese al P. Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Junio 8 de 1925.-
J. CUEVAS CEJAS EMILIO SILVETTI
Secretario Presidente