LEY Nº 667

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 667
ARTICULO 1.- Autorízase al P. Ejecutivo para que done al H. Consejo
Nacional de Educación, la manzana fiscal Nº 10 del Pueblo de La
Quiaca; con destino a la construcción del edificio para Escuela
Nacional de aquella localidad, en sustitución de la manzana que
anteriormente escrituró el P. Ejecutivo con el mismo objeto.
ARTICULO 2.- Comuníquese al P. Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Julio 6 de 1925.-
J. CUEVAS CEJAS EMILIO SILVETTI
Secretario Presidente