BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 13/04/2009
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
Secretaria General de la Gobernación
CEDULA DE NOTIFICACIÓN: Por la presente se le hace saber a Ud. que en el Expte. Nº 0400-8047/07, caratulado: RODRIGUEZ, TEODOSIO INOCENCIO C/ PAT. DR. GUALAMPE MARIO RODOLFO Y DR. IMPERIALE MIGUEL ANGEL. RECLAMO ADMINISTRATIVO PREVIO. Se ha dictado el siguiente acto administrativo: DECRETO Nº 2427-G- SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 DIC. 2008. VISTO Y CONSIDERANDO… EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- Téngase por no presentado el Reclamo Administrativo Previo (Ley Nº 5238) interpuesto por los Doctores MARIO RODOLFO GUALAMPE y MIGUEL ANGEL IMPERIALE, en nombre y representación del señor TEODOSIO INOCENCIO RODRIGUEZ, DNI Nº 14.089.426, a tenor de lo expresado en el exordio.- ARTICULO 2º.- Dejase establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias administrativas y/o plazos vencidos, sino, solo dar respuesta a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial impone a los funcionarios públicos. ARTICULO 3º.- Por Secretaria General de la Gobernación notifíquese de los términos del presente ordenamiento, con remisión de copia auténtica. ARTICULO 4º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a conocimiento de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Jujuy. Cumplido, gírese a la Dirección de Trámite y Archivo Administrativo de la Provincia para su archivo.- Firmado. DR. WALTER B. BARRIONUEVO – Gobernador – Dr. Julio Héctor Costas – Ministro de Gobierno y Justicia.-
13/15/17/20/22 ABR. S/C.-








