LEY Nº 664

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 664 (DEROGADA POR LEY Nº 1252)
ARTICULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de la Capital, para hacer
cesión a favor del Gobierno Nacional del terreno de propiedad
Municipal, situado en ésta Capital y que forma triángulo sobre las
calles San Martín; con una extensión de 97 metros, sobre la calle San
Martín, 117 metros sobre la calle Alberdi y 155 metros aproximadamente
sobre la línea que colinda con el Corralón Municipal, con destino a la
construcción de pabellones para tuberculosos y otras enfermedades
infecciosas.
ARTICULO 2.- En compensación de la cesión del terreno, el Gobierno
Nacional cerrará con muros de circunvalación y su respectiva vereda,
el terreno que actualmente ocupa el corralón Municipal sobre la calle
Ernesto Claros y la circunvalación que arranca de la calle San Martín.
ARTICULO 3.- Comuníquese al P. Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Junio 22 de 1925.-
J. CUEVAS CEJAS EMILIO SILVETTI
Secretario Presidente