BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 06/04/2009
CESION DE CUOTAS SOCIALES.-
Entre el Sr. ALFREDO RODOLFO MEJIA, DNI Nº 11.136.597, argentino, soltero, domiciliado en Güemes Nº 475, de La Quiaca; por una parte; y por la otra, la Sra. LIA IRMA TORRICO, DNI Nº 11.072.676, argentina, soltera, domiciliada en Av. Libertad Nº 1137, Bº Ciudad de Nieva, de San Salvador de Jujuy; convienen lo siguiente. PRIMERO: El Sr. ALFREDO RODOLFO MEJIA, en adelante “EL CEDENTE” en este acto cede y transfiere en propiedad a la Sra. LIA IRMA TORRICO, en adelante “LA CESIONARIA” el once coma noventa por ciento (11,90%) del total de las cuotas del capital social que poseía antes de la presente y que ascendía a 51,43% (hoy después de esta cesión 39,53%), del que es único titular y propietario en la razón social denominada NOAR S.R.L. Y que deviene tanto del Acta de Reunión de Socios Nº 8 del 01/03/99, que modifica la cláusula CUARTA del contrato originario y fija nuevo capital social con estipulación de cuotas sociales a cada socio; como de las Cesiones de Cuotas Sociales celebradas el 16/09/06 con el Sr. RAMON ROSO CABRERA, y el 02/10/06 con el Sr. HERNAN EDGAR CORTEZ. Dicha razón social fue inscripta el 18 de abril de 1997 en el Registro Público de Comercio, bajo el Folio Nº 453, Acta Nº 450, Asiento Nº 45, Folio Nº 230/233, del Libro I de Sociedades de Responsabilidad Limitada. SEGUNDO: El capital cedido está constituido por doscientos cincuenta (250) cuotas de pesos cien ($ 100), valor nominal cada una. Conviniéndose el precio de la cesión en la suma única y total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000), que son abonados en efectivo y en este acto por LA CESIONARIA al CEDENTE, sirviendo la presente de suficiente y formal recibo. TERCERO: EL CEDENTE manifiesta que no se encuentra inhibido y que las cuotas sociales cedidas no se encuentran afectadas por ningún tipo de gravamen siendo por lo tanto de su única propiedad y de libre disponibilidad; además que esta cesión se efectúa de acuerdo a lo establecido en el Contrato Constitutivo de la S.R.L. y sus modificatorias inscriptas en el Registro Público de Comercio de Jujuy. Por lo tanto LA CESIONARIA la acepta en esos términos manifestando, además, que conoce el estado procesal actual de la Convocatoria de Acreedores que tramita NOAR S.R.L. en los Tribunales Ordinarios de esta Ciudad. CUARTO: La aceptación de LA CESIONARIA como socia está avalada por la conformidad ya prestada en el Acta de Reunión de Socios Nº 12 del pertinente Libro rubricado legalmente. QUINTO: LA CESIONARIA ratifica que tomó debida nota y conocimiento del activo y pasivo de la S.R.L. existente al día de hoy, todo lo cual acepta en los términos del Contrato Societario y de la ley 19.550; por lo tanto desde ahora y una vez notificada la S.R.L., ejercerá sus derechos y cumplirá sus obligaciones a tenor de esos dispositivos. SEXTO: A fin de legitimar y publicitar la presente transmisión de cuotas sociales tanto respecto a la sociedad como a terceros, las partes, entregarán copia de la presente a la Gerencia de la S.R.L.; y solicitarán su inscripción por parte de la S.R.L. en el Registro Público de Comercio de Jujuy, respectivamente. A esos fines sirva la presente de Poder Especial otorgado a favor del Dr. HERNAN LUIS APAZA, para que en nombre y representación de LA CESIONARIA, cumpla lo antedicho. Los gastos y honorarios del presente como de esa actividad estarán a cargo de la citada. SÉPTIMO: Las partes dejan constituidos como domicilios legales los mencionados más arriba y en donde se tendrán como válidas todas y cada una de las notificaciones emergentes de esta cesión. Asimismo se someten a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, con exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción, incluyendo el federal. En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor, uno para cada parte y una tercera para la Gerencia de la S.R.L., en San Salvador de Jujuy a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil nueve.- ACT. NOT. Nº A-00627759- ESC. NORMA DEL VALLE TORRES- TIT. REG. Nº 47 – S.S. JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 20 de Marzo de 2.009.-
Dr. RAMÓN ANTONIO SOSA
Jefe de Mesa General de Entrada
por Habilitación al Juzgado de Comercio
06 ABR. LIQ. Nº 79924 $ 52,70.-








