BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 03/04/2009
ESCRITURA NUMERO TREINTA Y CUATRO. Nº 34. PRORROGA DE PLAZO Y MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL DE ES-PAN S.R.L.-
En esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los dieciséis días del mes de Enero del año Dos mil nueve, ante mí, Escribana Pública, Susana Daniela Di Pietro, Adscripta al Registro Número Cincuenta y seis, comparecen JULIAN ANTONIO OLLER FERNANDEZ, argentino, D.N.I.N° 20.455.767, C.U.I.T. 20-20455767-6, contador público nacional y comerciante y SANDRA DELICIA BREZINA, argentina, D.N.I.N° 20.398.721, C.U.I.T. 27-20398721-3, ama de casa, cónyuges en primeras nupcias, domiciliados en Avenida Almirante Brown N° 928, de esta ciudad, ambos comparecientes hábiles, mayores de edad y de mi conocimiento, doy fe, quienes concurren a este acto en su carácter de únicos socios de la razón social ES-PAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, C.U.I.T. 30-61307993-5, con domicilio en Avenida Almirante Brown N° 948, Barrio San Pedrito, de esta ciudad, en virtud de los siguientes instrumentos: 1) Constitución de ES-PAN S.R.L., otorgada por Escritura número ciento setenta y dos, de fecha veintidós de Septiembre de mil novecientos ochenta y seis, autorizada por el Escribano Luis Ercilio Machado, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia al Folio 27, Acta N° 26 de S.R.L., Libro I, Tomo I, de la Matricula de S.R.L. y bajo Asiento N° 26 al Folio 245/248 de S.R.L. del Legajo I, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, ambas de fecha diecinueve de Diciembre de mil novecientos ochenta y seis; 2) Modificatoria pasada por Escritura número sesenta y ocho, de fecha treinta de Junio de mil novecientos ochenta y siete, autorizada por el Escribano Luis Ercilio Machado, inscripta en Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 56, al Folio 262/263 de S.R.L., del Legajo I, Tomo I, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha veintisiete de Agosto de mil novecientos ochenta y siete; 3) Prorroga Societaria, realizada por Escritura número cuarenta y siete, de fecha veinticuatro de Septiembre de mil novecientos noventa y tres, autorizada por el Escribano Luis Ercilio Machado, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 27, al Folio 79/80 de S.R.L. Legajo II, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha dieciséis de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro; 4) Prorroga Societaria pasada por Escritura número doscientos veintitrés, de fecha catorce de Diciembre de dos mil, autorizada por el Escribano Nicolás Granara, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 12 al Folio 76/78, del Legajo IV, de Marginales, del Registro de Escrituras Mercantiles; 5) Reconducción de ES-PAN S.R.L., otorgada por Escritura número cuarenta y seis, de fecha veinticinco de Abril de dos mil tres, autorizada por el Escribano Nicolás Granara, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 3, al Folio 14/33, del Legajo VII, de Marginales, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha catorce de Febrero de dos mil cuatro y 6) Cesión de Cuotas Sociales y Modificación de Contrato Social, realizada por Escritura número cuatrocientos cuarenta y nueve, de fecha dos de Agosto de dos mil siete, autorizada por el Escribano Cesar Ricardo Frías, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia, bajo Asiento N° 54, al Folio 303/305, del Legajo X, Tomo II, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha diecinueve de Septiembre de dos mil siete, instrumentos que en fotocopia agrego al legajo de comprobantes de la presente Escritura y dicen: PRIMERO: Que han resuelto prorrogar el plazo de duración de la Sociedad mencionada por el por el término de diez años a contar de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. SEGUNDO: Que han resuelto modificar la cláusula cuarta del contrato social, la que quedara redactada de la siguiente forma: “ARTICULO CUARTO: La Dirección y Administración Societaria estará a cargo del socio Julián Antonio Oller Fernández quien revestirá el cargo de Socio Gerente, usará su firma precedida del sello social y durará en su cargo por el plazo de duración de la sociedad. La firma del Gerente obligará a la sociedad en operaciones que se relacionen con el giro comercial, quedando prohibido comprometerla en fianzas a terceros o en giros extraños a su objeto. La Sociedad podrá: A) Operar con toda clase de bancos y cualquier entidad crediticia o financiera de cualquier índole; B) Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o de terceras personas para representarlas en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción necesarios para cumplir su objeto social; C) Tomar dinero en préstamo garantizado o no con derechos reales, constituirlos y solicitar sus cancelaciones, adquirir o ceder créditos, comprar y vender toda clase de bienes muebles o inmuebles, derechos y acciones, permuta, daciones en pago, cobrar y percibir, otorgar y dar recibos y cartas de pagos, celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier contrato de cualquier naturaleza; D) Realizar todos los actos previstos en el articulo 1881 del Código Civil y artículo noveno de la Ley 5965/63 y leyes complementarias.” TERCERO: Las partes manifiestan que quedan vigentes todas y cada una de las cláusulas, que no se hubiesen modificado por el presente, las que se dan aquí por reproducidas. CUARTO: Las partes facultan a la Escribana Susana Daniela Di Pietro, Adscripta al Registro número cincuenta y seis, para inscribir la presente modificación en el Registro Público de Comercio de la Provincia. Previa lectura y ratificación firman en constancia los comparecientes, todo ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe.- Hay dos firmas que pertenecen a JULIAN ANTONIO OLLER FERNANDEZ y SANDRA DELICIA BREZINA. Esta mi firma y sello notarial, Ante mi SUSANA DANIELA DI PIETRO. C O N C U E R D A con su escritura matriz que pasó ante mí al folio cincuenta y siete, del protocolo del corriente año, de este Registro a mi cargo. Para ES-PAN S.R.L, expido este PRIMER TESTIMONIO, en dos hojas de Actuación Notarial las que firmo y sello en el lugar y fecha de otorgamiento.- ACT. NOT. Nº A-00580626/27- ESC. SUSANA DANIELA DI PIETRO- ADS. REG. Nº 56- S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 12 de febrero de 2009.-
Dr. RAMON ANTONIO SOSA
JEFE DE MESA GENERAL DE ENTRADA
POR HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-
03 ABR. LIQ. Nº 79895 $ 52,70.-








