BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 27/03/2009
Dr. Enrique R. Mateo, Vocal de la Sala II de la Cámara en lo Civil Y Comercial, en el Expte. Nº B-156.850/06 “ORDINARIO: JUAN PORTAN FLORES C/ RUBEN EDGARDO VERTOLAZ” se ha dictado el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 de noviembre de 2008: Proveyendo a lo solicitado a fojas 41, lo informado por el Actuario y lo dispuesto por el art. 162 del C. P. CIVIL de la demanda interpuesta córrase traslado a RUBEN EDGARDO VERTOLAZ para que la conteste dentro del plazo de QUINCE DIAS HABILES de notificado haciéndole saber que las copias para traslado se encuentran en Secretaria, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a contestar la demanda (art. 298 del C. P. Civil) y designarle como su representante al Sr. Defensor Oficial de Pobres y ausentes, notificándose mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Enrique Mateo – Vocal – Ante mí Cesar Barea – Prosecretario.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 de noviembre de 2008.-
23/25/27 MAR. LIQ. Nº 79466 $ 20,50.-








