BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 02/03/2009
DRA. OLGA DEL VALLE VILLAFAÑE Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaría Nº 3, en el Expte. Nº B-185339/08, caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: BANCO MAS VENTAS S.A. C/ SALOME FARFAN”, hace saber al/a SR./A. SALOME FARFAN, que se ha dictado la siguiente RESOLUCION: “/ / / Atento a las constancias de autos y lo solicitado en el escrito que antecede presentado por el DR. CARLOS A. D. AGUIAR, notifíquese al/a demandado/a SR/A. SALOME FARFAN, las partes pertinentes del proveído de fs. 30, conforme lo prevee el art. 162 del C.P.C. de la Provincia. Para el caso que el/a demandado/a SR/A. SALOME FARFAN, no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda.- Notifíquese (Art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Olga del Valle Villafañe – Juez – Ante mi: Proc. Gustavo M. Ibarra – Secretario.- ES COPIA.– PROVEIDO DE FS. 30: “/ / / / San Salvador de Jujuy, 02 de Setiembre del 2.008.- Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos y lo dispuesto por los Arts. 472 inc. 4º 478 y correlativo del Código Procesal Civil líbrese en contra del/a demandado/a SR/A. SALOME FARFAN, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago ejecución por la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 1380,27) por capital reclamado, con más la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 798,00) calculados provisoriamente para acrecidas y costas.-. . . .- Asimismo cíteselo de remate para que en el término de CINCO (5) DIAS, de notificado comparezcan a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.-. . . . – Asimismo, intimase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de la Ley todas las posteriores resoluciones que se dicte (Art. 52 del C.P.C.).- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Olga del Valle Villafañe – Juez – Ante mi: Proc. Gustavo M. Ibarra – Secretario.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES EN CINCO (5) DIAS.- San Salvador de Jujuy, 24 de Noviembre del 2.008.-
27 FEB. 02/04 MAR. LIQ. 78744 $ 20,50.-








