BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 20/02/2009

DRA. OLGA DEL VALLE VILLAFAÑE DE GRIOT, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 SECRETARIA Nº 4, en el Expte. B- 181182/07, caratulado: EJECUTIVO: ASOCIACION MUTUAL LA SOLUCION C/ NOLASCO MARIO ALBERTO se procede a notificar por este medio al Sr. NOLASCO MARIO ALBERTO el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DE DICIEMBRE DEL 2007”.- 1.- Por presentado el Dr. MONTALDI MARCOS, por parte, y por constituido domicilio legal, en nombre y representación de la ASOCIACION MUTUAL LA SOLUCION.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva deducida y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese contra del demandado MARIO ALBERTO NOLASCO, mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 84/100 CTVS. ($437.84), en concepto de capital, con más la suma de PESOS QUINIENTOS ($500) calculada para acrecidas del juicio.- En defecto de pago, trábese EMBARGO, sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, sito en calle Independencia Esq. Lamadrid, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisionase al Sr. Oficial de Justicia con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario.- Asimismo intímese a la demandada, para que en el mismo plazo antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese, art. 154 del C.P.C.- Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en CINCO DIAS.- Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la última publicación.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DE OCTUBRE DE 2008.-

20/25/27 FEB. LIQ. 78758 $ 20,50.-