BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 18/02/2009
CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL – SALA II VOCALIA DR. JORGE DANIEL ALSINA, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en el expte. B-164152/06 caratulado “TARJETA NARANJA SA c/ LEGUIZAMON ANGEL NICOLAS” se ha dictado el siguiente Decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Septiembre de 2008.- Atento al informe actuarial que antecede y lo solicitado, dése por decaído el derecho a contestar la demanda al accionado Sr. ANGEL NICOLAS LEGUIZAMON. Firme, se designará como representante del Sr. ANGEL NICOLAS LEGUIZAMON al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.-
Notifíquese por Edictos al accionado debiendo publicarse edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.- Fdo. DR. DANIEL JORGE ALSINA – Vocal – Ante mí: Dra. OLGA IVACEVICH – Secretaria. San Salvador de Jujuy, a los 30 Días del mes de septiembre de 2008.-
18/20/25 FEB. LIQ. 78732 $ 20,50.-








