BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 18/03/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE N°       18845  – 00 –  2.004.-

DECRETO   N°            0210.05.007           .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 MAR. 2005

 

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza Municipal N° 4.167/2.004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 27 celebrada el día 16 de Diciembre de 2.004, mediante la cual y en virtud  de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario (Ordenanza N° 3.898/2.003), se exime del pago del Servicio de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranzas que efectúa la Empresa LIMSA S.A., al Señor JUAN YURQUINA, L.E. N° 8.205.423 por el inmueble de su propiedad individualizado como: Circunscripción 1, Sección 11, Lote 4, Manzana 147, Padrón A-13718, ubicado en calle Ricardo Gutiérrez N° 1.023 del Barrio San Pedrito de esta Ciudad, correspondiente a los períodos 1.999, 2.000, 2.001, 2.002, 2.003 y 2.004, por ser persona de escasos recursos.-

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.167/2.004, remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

18 MARZO S/C