BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 18/03/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

E X P E D I E N T E    N°   16-0-18682-00-2.004.-­

D E C R E T O   N°             0216.05.007                .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 MAR. 2005

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 4171/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria  celebrada el día 16  de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud  de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal  (Ordenanza N° 3.898/03) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios a la Señora Elizabet Mamaní, por el inmueble de su propiedad, individualizado como Circunscripción 001, Sección 30, Lote 4, Manzana 638, Padrón N° 72073, ubicado en Sector B-3 del Barrio Alto Comedero; correspondiente a los periodos  2.000, 2.001, 2.002, 2.003 y 2.004,  por ser persona de escasos recursos económicos.

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.171/2004,  remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

18 MARZO S/C