BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 18/03/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

E X P E D I E N T E    N°   16-0-18680-00-2.004.-­

D E C R E T O   N°             0213.05.007               .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 MAR. 2005

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 4166/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria  celebrada el día 16  de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud  de lo dispuesto en el Artículo 45° Inciso a) del Código Tributario Municipal  (Ordenanza N° 3.898/03) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios al Señor Juan Mamani Avila, por el inmueble de su propiedad, individualizado como Circunscripción 1, Sección 10, Lote 19, Manzana 237, Padrón N° 70342, ubicado en Peatonal 35 N° 544 de las 560 Viviendas del barrio Santa Rita; correspondiente a los periodos  1.999, 2.000, 2.001, 2.002, 2.003 y 2.004,  por ser persona de escasos recursos económicos.

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.166/2004,  remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

18 MARZO S/C