BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 23/03/05

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MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

E X P E D I E N T E    N°   16-0-18968-00-2.004.-­

D E C R E T  O       N°  0218-05-007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  01 DE MARZO DE 2005.

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley, la Ordenanza N° 4188/2004, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria  N° 28 celebrada el día 22  de Diciembre de 2004, mediante la cual y en virtud  de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1259/2002,  se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranzas que brinda la Empresa LIMSA S.A., al Señor ALEJANDRO ROMAN HINOJOSA, por el inmueble de su propiedad, individualizado como Lote 22, Manzana 42, ubicado en calle J. J. Frías N° 748 del Barrio San Pedrito de nuestra Ciudad; correspondiente a los años  2.002, 2.003 y 2.004  por ser persona de escasos recursos económicos.

ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el Artículo anterior, téngase por instrumento legal, cúmplase, comuníquese, y regístrese la Ordenanza Municipal N° 4.188/2004,  remitiéndose copia de la misma y del presente Decreto, mediante nota de estilo para conocimiento del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y al Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE

23 MARZO S/C