BOLETIN OFICIAL Nº 56 – 11/05/2026
DOMO ARGENTINA S.R.L. DECLARACION JURADA. Con carácter de DECLARACION JURADA, EZEQUIEL ETCHART, con D.N.I. N° 36.123.714, de nacionalidad argentino, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Los Manantiales N° 644, Dpto. 6 Barrio Chijra de esta Ciudad, declaro que no soy una persona políticamente expuesta, de conformidad, la L.G.S. y Res. UIF N° 11/2011. Además asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 02 días del mes de febrero del año 2024.- B 00847876- ESC. VIRGINIA BRACAMONTE- TIT. REG. Nº 12- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALIA DE ESTADO
DIRECCION PROVINICAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
RESOLUCION N° 325-DPSC-2026.-
CORRESPONDIENTE A EXPTE. N° 301-008/2024.-
San Salvador de Jujuy, 24 de Abril de 2026.-
VISTO:
El Expte. N° 301-008-2024 Iniciado por: DR. AGUSTIN ROBERTO LABARTA ASUNTO: SOLICITA INSCRIPCIÓN: CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES Y MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL DE “DOMO ARGENTINA S.R.L.” y.
CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales-Registro Público, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PUBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ORDENAR, la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de: Instrumento privado CONVENIO DE CESION Y VENTA DE CUOTAS SOCIALES, de fecha 15 de noviembre del año 2023, con copia a fs. 03/07; ACTA N° 3 DE REUNIÓN DE SOCIOS, de fecha 01 de diciembre del año 2023, copia de fs.08/12; DECLARACIÓN JURADA del SR. EZEQUIEL ETCHART, copia obrante a fs. 24/25.-
ARTICULO 2°: Diligencias a cargo del DR. AGUSTIN ROBERTO LABARTA o, persona debidamente autorizada.-
ARTICULO 3°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-
DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
11 MAY. LIQ. Nº 43768 $2.800,00.-








