BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 22/12/2010

JOSE MADDALLENO

Martillero Judicial – M.P. Nº 50

JUDICIAL CON BASE $ 5.044,79.- UN INMUEBLE BALDIO UBICADO SOBRE CALLE PUERTO ARGENTINO DE LA CIUDAD DE PALPALA.-

El día 22 del mes de Diciembre del año 2.010, a horas 17:00, en calle Ejército del Norte Nº 796 esquina Río de la Plata – Bº Mariano Moreno de esta ciudad, por orden del Dr. ROBERTO SIUFI – Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, en el Expte. Nº B-178.771/07, caratulado: “APREMIO: MUNICIPALIDAD DE PALPALA c/ AVALOS, JUDITH ANAHI”, REMATARE en pública subasta, al mejor postor, comisión del martillero (5%) a cargo del comprador y con la Base de la planilla de liquidación aprobada en autos de Pesos Cinco Mil Cuarenta y Cuatro con 79/100 ($5.044,79.-) el inmueble embargado en autos, individualizado como: Matrícula P-9381, PARCELA 32, SECCION 6, CIRC. 1, PADRÓN P-67751, ubicado sobre calle Puerto Argentino, de la ciudad de Palpalá, Departamento Palpalá, Provincia de Jujuy.- Mide: 11m. de frente y contrafrente por 36,91m. de fondo haciendo una Superficie según planos de 406,01 metros cuadrados. Sus límites pueden ser consultados en títulos adjuntados en autos.- Según acta de constatación se trata de un terreno baldío sin mejoras y sin ocupantes.- Registra los siguientes gravámenes: ASIENTO 1: Servidumbre de Acueducto Perpetuo según E.P. Nº 224 fecha 16-III-79, registrada: 06-VI-79. ASIENTO 2: EMBARGO DEFINITIVO: por oficio de fecha 28-04-09 – Juzg. 1º Inst. C. y C. Nº 4 – Secretaría Nº 7, Expte. Nº B-178.771/07: Apremio: Municipalidad de Palpalá c/ Avalos, Judith Anahí”, Insc. Prov.: 26-05-09.- ASIENTO 3: EMBARGO DEFINITIVO: por oficio de fecha 25-02-10 – Juzg. 1º Inst. C. y C. Nº 4 – Secretaría Nº 7, Expte. Nº B-178.771/07: Apremio: Municipalidad de Palpalá c/ Avalos, Judith Anahi” – $5.044,79, registrada: 05-04-10.- No posee otras restricciones dominiales según informe agregado a la presente causa.- La subasta se efectuará con todo lo edificado, clavado, plantado, cercado, demás adherido al suelo y libre de gravámenes.- El martillero se encuentra facultado a percibir el 20% del precio de venta en concepto de seña más la comisión de ley, el saldo deberá depositarse una vez que lo requiera el Juzgado a nombre del Juez que interviene en la causa.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por Tres Veces en Cinco Días.- Por consultas llamar al 0388-154047128.- San Salvador de Jujuy, 14 de Diciembre de 2.010.- Dra. MARIANA DEL VALLE DRAZER – Secretaria.-

17/20/22 DIC. LIQ. Nº 92683 $ 26,00.-