BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 17/12/2010
LA DRA. ALICIA SILVIA GUZMAN, Jueza del Tribunal de Familia- Vocalía Nº IV, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-162065/06, caratulado: “DIVORCIO: VERA RICARDO PEDRO c/ ROMERO ROSA”, hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Noviembre del 2010.- AUTOS Y VISTOS:..CONSIDERANDO:..RESUELVE:.. I.- Decretar el Divorcio Vincular de los esposos RICARDO PEDRO VERA y ROSA ROMERO, por la causal prevista por el art. 214 inc. 2º del Código Civil, matrimonio que fuera celebrado el día 07 de Diciembre de 1976 en Metan, Pcia. de Salta conforme consta en el Acta Nº 174.- II.- Oficiar al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Salta para que tome razón en los libros correspondientes la presente resolución.- III.- Declarar la disuelta la sociedad conyugal con efecto retroactivo a la notificación de la demanda, art. 1.306 C.C. III.- Imponer las costas por el orden causado.- IV.- Regístrese, déjese copia en autos y notifíquese por cédula.- Fdo.: DRA. ALICIA SILVIA GUZMAN-Juez-Dra. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ-Juez- Dra. MIRTA B. CHAGRA-Juez- Ante mi: Dr. LUIS ALBERTO CARENZO-Secretario Relator.- “Dejándose constancia de que, siendo que el presente expediente tramita con BENEFICIO DE JUSTICIA GRATUITA, la publicación de edictos y diligencias que deban efectuarse en esta causa se encuentran exentos de pago de todo sellado, impuesto y/o tasa que pudiera corresponder, en razón de tratarse de personas de escasos recurso.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de TRES VECES EN CINCO DIAS.- Sra. GLADYS MAZA, Secretaria, 24 de Noviembre del 2010.-
15/17/20 DIC. S/C.-








