BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 26/11/2010
N° 85.- ESCRITURA NÚMERO OCHENTA Y CINCO.- ACTA RECTIFICATORIA DE LA RAZON SOCIAL “FORECASTING NOA SOCIEDAD ANÓNIMA”.– En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil diez, quien suscribe, MARIO ALEJANDRO PIZARRO, Escribano Público Autorizante, Titular del Registro Notarial número Tres, con domicilio legal en calle Sarmiento número 81, de ésta Ciudad.- DICE: Que concurre a éste acto en nombre y representación de la razón social “FORECASTING NOA SOCIEDAD ANÓNIMA” en proceso de inscripción, en su carácter de autorizado, a merito de escritura pública de constitución de sociedad número 42, de fecha 04 de mayo del corriente año, autorizada por ante mi, en el protocolo notarial correspondiente a este año, doy fe.- Que por la referida escritura Pública, se constituyó una sociedad comercial denominada “FORECASTING NOA SOCIEDAD ANÓNIMA”, cuya acta constitutiva, estatuto social y demás referencias se dan por reproducidas íntegramente.- Que habiéndose observado el trámite de inscripción de la sociedad en virtud de que los representantes no cumplimentan con el requisito de que la mayoría absoluta de los directores tengan domicilio real en la República Argentina, y a los fines de subsanar y obtener la respectiva inscripción de dicho contrato, viene por este acto, en ejercicio de facultades conferidas, a formular manifestación y rectificar la misma: RECTIFICATORIA: El Escribano Autorizante manifiesta que por éste acto rectifica la cláusula 52º del Estatuto Social formalizado mediante escritura número 42, referenciada anteriormente, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 52º: EXTINCIÓN.- Concluida la liquidación, los liquidadores solicitarán al Registro Público de Comercio la cancelación de la inscripción del contrato social, quedando así carente de personalidad jurídica la sociedad.- Bajo las cincuenta y dos cláusulas los comparecientes dejan constituida la sociedad especificando: a) El capital social se suscribe e integra de la siguiente forma: el señor ERWIN GERMAN BASS WERNER MONTECINOS, suscribe seiscientas setenta (670) acciones ordinarias escriturales de pesos CIEN ($100) cada una, lo que importa el sesenta y siete por ciento (67%) del capital social; el señor RAUL DANIEL MENGUAL, suscribe doscientos ochenta (280) acciones ordinarias escriturales de pesos CIEN ($ 100).cada una, lo que representa un veintiocho por ciento (28%) del capital social y el señor ALEJANDRO DANIEL HERNANDO, suscribe cincuenta (50) acciones ordinarias escriturales de pesos CIEN ($ 100) cada una lo que importa el cinco por ciento (5%) del capital accionario.- En este acto se integra el veinticinco por ciento del capital, o sea la suma de pesos VEINTICINCO MIL ($ 25.000) en dinero efectivo en proporción de la suscripción ya indicada. Del capital suscripto los accionistas se obligan a integrar el saldo restante, dentro del plazo de dos (2) años contados a partir de la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio. Todas las acciones suscriptas son ordinarias escriturales de un voto cada una; b) Se designa para integrar el Directorio: Presidente: ERWIN GERMAN BASS WERNER MONTECINOS; Director Suplente: RAUL DANIEL MENGUAL; Director Suplente: MARIA PATRICIA CELINA MENGUAL, c) El señor Alejandro Daniel Hernando en nombre y representación de Erwin German Bass Wernes Montecinos y la señora María Patricia Celina Mengual en ejercicio de sus propios derechos y nombre y representación del señor Raúl Daniel Mengual aceptan el cargo para el cual fueron designados y declaran bajo juramento de decir verdad e impuesto de las penalidades por falsedad que sus mandantes no se encuentran comprendido en la prohibiciones e incompatibilidades que determina el artículo doscientos sesenta y cuatro (264) de la Ley de Sociedades Comerciales, d) Asimismo y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 256 del mismo plexo normativo el señor Alejandro Daniel Hernando en nombre y representación de Erwin German Bas Wernes Montecinos y la señora María Patricia Celina Mengual en ejercicio de sus propios derechos y en nombre y representación del señor Raúl Daniel Mengual constituyen como domicilio especial en calle Pozo de Vargas N º 2025 del Barrio Alto Padilla de esta Ciudad de San Salvador de Jujuy; e) Los socios constituyen la Sede Social en calle Pozo de Vargas Nº 2025 del Barrio Alto Padilla de la ciudad de San Salvador de Jujuy – Provincia de Jujuy; f) Se otorga PODER ESPECIAL a favor de los Escribano MARIO ALEJANDRO PIZARRO, Titular del Registro Notarial número 3 y/o RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO, Adscripto al Registro Notarial número 68, para que en nombre y representación de los comparecientes, actuando en forma conjunta, separada o alternativamente, acepten o proponga modificaciones a la presente, incluso a la denominación, con facultad para realizar todas las gestiones necesarias para obtener la personería jurídica de la sociedad y la conformidad de la autoridad de control, e inscripción en el Registro Público de Comercio, suscribiendo las escrituras públicas en caso de ser necesarias, como asÍ también a efectuar el depósito de ley y retirar los fondos respectivos.-”.- RATIFICACIÓN y RECTIFICACION: Presente en éste acto desde un comienzo la señora MARIA PATRICIA CELINA MENGUAL, de 54 años de edad, de estado civil divorciada, de nacionalidad argentina, de profesión Comunicadora Social, Titular del Documento Nacional de Identidad número 11.883.310, con domicilio en calle Junín número 52 del Barrio Cuyaya de esta Ciudad, persona mayor de edad, capaz para éste acto a quien identifico en los términos del artículo 1002 inciso “a” del Código Civil, doy fe, junto al escribano actuante DICEN: Que por la presente dejan expresa constancia de que quedan absolutamente vigentes y ratificadas todas las cláusulas del estatuto social referenciado que no fueron expresamente modificadas en éste acto y rectificada la referida escritura en cuanto a su cláusula 52º.- De todo lo actuado doy fe.- Esc. MARIO A PIZARRO, Tit. REG. N° 3, San Salvador de Jujuy.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.-
San Salvador de Jujuy, 12 de octubre de 2010.-
Dr. RAMON ANTONIO SOSA
P/ HABILITACION AL Juzgado de Comercio
26 NOV. LIQ. Nº 92519 $ 54,00.-








