BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 15/10/2010
DRA. CRISTINA MARCO JUEZ POR HABILITACIÓN del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 – Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-230418/10 Caratulado: “EJECUCION PRENDARIA: PSA FINANCE ARGENTINA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ VARGAS CESAR MANUEL, hace saber al Sr. VARGAS CESAR MANUEL, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DE MAYO DEL 2.010.-1- Por presentado el DR. FEDERICO NICOLAS NAZARIO, como apoderado de PSA FINANCE ARGENTINA COMPAÑIA FINANCIERA S.A., a merito de la copia juramentada de Poder General para Juicios que se acompaña por constituido domicilio legal y por parte.-2- De conformidad con lo dispuesto por el art. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de PAGO, Y EJECUCION en contra del demandado SR. VARGAS CESAR MANUEL D.N.I. 12.007.784, por la suma de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS ($11.962,00.-) en concepto de capital, con mas la de PESOS TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SESENTA CVOS ($ 3588,60.-) para responder a ulteriores del juicio.-3- En defecto de pago y de conformidad a lo dispuesto por el art. 39 de la ley 12.962 líbrese mandamiento de SECUESTRO sobre el vehículo individualizado como DOMINIO GRW 743, MARCA PEUGEOT TIPO SEDAN 5 PUERTAS MODELO 206 X LINE 1.9 D 5 P MARCA MOTOR PEUGEOT Nº DE MOTOR 10DXDQ0033411, Nº DE CHASIS 8AD2AWJYU86024098 de propiedad de la demandado, debiéndose realizar la medida en el lugar que fuere habido el bien y en poder de quien lo detente, debiendo en el mismo acto proceder al secuestro de la documentación y labrar acta del estado en que se encuentra el mismo, designándose al MARTILLERO LUIS HORACIO FICOSECO en el carácter de depositario judicial y para proveer los medios de movilidad necesarios. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-4- Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas, por igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ídem.-5- Por el mismo termino intímeselos a constituir domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ídem.-6- Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA a requerir el auxilio de la fuerza publica, allanar domicilio y hacer uso de cerrajero si fuere necesario.-7- Notificaciones en Secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-8- Notifíquese art. 154 del C.P.C.- FDO. CRISTINA MARCO JUEZ POR HABILITACIÓN – ANTE MÍ: DRA. M. JOSEFINA VERCELLONE – SECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.- SECRETARIA: DRA. MARCELA VILTE.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de Septiembre DE 2.010.-
13/15/18 OCT. LIQ. Nº 91201 $ 26,00.-








