BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 15/09/2010
Dr. Cristina Marco JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 SECRETARIA Nº 1, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en el Expte. Nº B-212585/09, caratulado: “BANCO MAS VENTAS S.A. C/ FLORES ELSA MARCELA S/ PREPARA VIA EJECUTIVA” Que se constituya en el domicilio del demandado SRA. ELSA MARCELA FLORES con domicilio en la calle FORTIN Nº 446 Bº LOS PERALES, de esta Ciudad y con las formalidades de Ley proceda a requerirles el pago de la suma de PESOS UN MIL CINCUENTA Y OCHO CON DIECISEIS CENTAVOS ($ 1058,16) en concepto de capital y con más la de PESOS TRESCIENTOS DIECISIETE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 317,44) presupuestadas para acrecidas legales. En defecto de pago trábese EMBARGO Sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades legales. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Acto seguido cíteselo de REMATE para que dentro del plazo de CINCO DIAS comparezca ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaría Nº 1, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Además córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término, le intimará la constitución del domicilio legal dentro del radio de los Tres Kms del asiento de éste Juzgado bajo apercibimiento de considerarle notificado por Ministerio de Ley, todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (art. 52 y 154 del C.P.C.),. Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 30 días del mes de Marzo del 2010.-
10/13/15 SEPT. LIQ. Nº 89677 $ 26,00.-








