BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 01/09/2010

DRA. MARISA E. RONDON JUEZ HABILITADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SECRETARIA N° 5 DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en el Expte. B- 206228/09: “INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS EN B-145448/05 “DESALOJO ELIAS, FATUMA c/ SEGOVIA, MERCADO VERONICA; MERCADO WILFREDO DAVID: SALAVERON ADELA c/ ELIAS, FATUMA”, hace saber a la Sra. FATUMA ELIAS, que se han dictado los siguientes PROVEIDOS (FS. 5): /// San Salvador de Jujuy, 22 de mayo de 2009.- I.- PROVEYENDO EL ESCRITO DE FS. 4: Por presentada la DRA. ADELA FERNANDA SALAVERON por derecho propio y por constituido domicilio legal.- II.- Téngase por promovido el presente Incidente de Ejecución de honorarios de conformidad con lo dispuesto en los arts. 460, 461, 472 inc. 2do. Y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de PAGO, EJECUCION Y EMBARGO en contra de FATUMA ELIAS en el domicilio denunciado a fs. 5 de autos, hasta cubrir la suma de PESOS ($ 440) por capital reclamado, con más la suma de PESOS ($ 220) presupuestadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose depositar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de los acreedores prendarios o Juez embargante. Cíteselos de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas si las tuviere, dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el mismo plazo antes señalado, se intimará al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por ministerio de ley (art. 52 del C.P.C.) Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese art. 154 del C.P.C.-….(FS.18)///”S.S. de Jujuy, 27 de abril de 2010.- Atento a lo solicitado y en conformidad a lo dispuesto por el art. 162 del C.P.C., ordenase la notificación del proveído de fs. 5, mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial y un diario local por el término de tres veces en CINCO DIAS”.- FDO. DRA. MARISA E. RONDON JUEZ HABILITADO. ANTE MÍ: PROC. MARTA J. BRRAZ DE OSUNA – PROSECRETARIA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de JUNIO del 2010.-

01/03/06 SEPT. LIQ. Nº 89445 $ 26,00.-