BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 01/09/2010

Dra. Marisa Rondon, Juez Civil y Comercial Nº 3 – Secretaria Nº 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-192249/08 caratulado “Ejecutivo: Zampini, Pablo Gabriel c/ ABAN, SARA ANGELICA”, se hace saber a la Sra. Sara Angélica Aban, el decreto que a continuación se transcribe:…/// San Salvador de Jujuy, 30 DE JULIO DEL 2009.- Por presentado el Dr. Horacio Chauque Herrera, por parte, por constituido domicilio legal en nombre y representación del Sr. Pablo Gabriel ZAmpini, a mérito de la copia de poder general que debidamente juramentada rola a fs 4/6 de autos. De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478, 480 del CPC, requiérase de pago, ejecución y embargo a la demandada Aban, Sara Angélica, el domicilio denunciado, por la suma de PESOS ($ 726) en concepto de capital, más la suma de PESOS ($ 363) presupuestada para responder a asesorias legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese embargo sobre sus bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar y depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda u otros gravámenes, en su caso, expresen monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez embargante. Asimismo, cíteselo de remate para que dentro de los CINCO DIAS de notificado, oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo señalado, se intimará al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilometros del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de ley (Art. 52 del C.P.C.), notificaciones en Secretaría martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ello fuere feriado. A tal fin líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso.- FDO. DRA. BEATRIZ J. GUTIERREZ– JUEZ ANTE MI: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA. Prosecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días.- PRO-SECRETARIA: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.- San Salvador de Jujuy, 09 de JUNIO del 2010.-

27/30 AGO. 01 SEPT. LIQ. Nº 89604 $ 26,00.-