BOLETÍN OFICIAL Nº 95 – 27/08/2010
ACTA COMPLEMENTARIA DEL CONTRATO CONSTITUTIVO DE PUNO S.R.L...-
En la Ciudad de Jujuy, a los diez días del mes de Agosto del año dos mil diez, se reúnen el domicilio sito en calle Ramírez de Velazco Nº 486 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, el señor; CARLOS LEONARDO GERBINO, argentino, D.N.I. Nº 22.777.262, de profesión Arquitecto, nacido el día 20 de julio de 1972 y la Sra. MARIA LUCIANA ZARIF, argentina, D.N.I. Nº 26.232.798, de profesión abogada, nacida el día 21 de diciembre de 1977, casados entre sí, ambos con domicilio en calle Ramírez de Velazco Nº 486 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, y convienen en modificar lo dispuesto en la cláusula Tercera – Objeto – del Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada suscripto entre las partes con fecha dos de Julio del año dos mil diez, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “TERCERA: OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse a las actividades enunciadas a continuación ya sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a través de las figuras jurídicas que según el caso convengan a la sociedad: 1) Proyectos de obras de arquitectura en general; 2) Construcción de obras en general tanto en el ámbito público como privado, movimientos de suelo, relleno y emparejamiento del mismo, pavimentaciones, obras lineales como cordones cuneta, canales, etc. y toda otra actividad afín a la construcción; 3) Como complemento de la actividad constructiva, la sociedad podrá realizar diseño y fabricación de mobiliario y equipamiento de viviendas familiares, oficinas, negocios comerciales, etc.; 4) Diseño de Interiores; 5) Podrá realizar todo tipo de negocios de compra y venta de productos e insumos necesarios para la realización del objeto social; 6) Producción y comercialización del mobiliario fabricado así como de objetos de decoración u otros artículos afines; 7) Comerciales: Intermediación entre la oferta y la demanda de todos los bienes nombrados precedentemente. Explotación de patentes de invención, de marcas propias o de terceros. Asimismo, podrá prestar todos los servicios necesarios tendientes cumplimiento y complementación del objeto social. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que sean afines con el objeto social.- En el lugar y fecha indicados supra, se firman dos ejemplares de mismo tenor y a un sólo efecto.- ACT. NOT. Nº A 00741904, ESC. RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO, ADS. Nº 03, S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 12 de Agosto de 2010.-
Dr. RAMON A. SOSA
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
27 AGO. LIQ. Nº 89599 $ 102,00.-








