BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 20/08/2010
DRA. MARISA E. RONDON, Juez Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaria nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-197472/08 caratulado: Ejecutivo VILLAVERDE ALFREDO GUSTAVO c/ COSTILLA JAVIER A se hace saber al Sr. COSTILLA JAVIER ALEJANDRO el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de Octubre del 2.008.- En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C, requiérase de PAGO, EJECUCION al demandado SR. COSTILLA JAVIER ALEJANDRO, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 637) en concepto de capital más la de PESOS TRESCIENTOS DIECIOCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 318,50), presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario Judicial de los mismos a la propia parte afectada, y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones formalidades de Ley.- En el mismo acto, requiéresele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez embargante. Asimismo, cíteselo de REMATE para que dentro de los CINCO DIAS de notificado, oponga excepciones legítimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimara, al demandado, para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS. Del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de ley (art. 52 del C.P.C).- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente hábil.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.- DADO, SELLADO Y FIRMADO en la Sala de mi Publico Despacho en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 09 días del mes de Agosto del año 2010.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.- Secretaria: PROC. MARTA BERRAZ DE OSUNA-PROSECRETARIA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Agosto de 2010.-
20/23/25 AGO. LIQ. Nº 89552 $ 26,00.-








