BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 09/08/2010
DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 – Secretaria nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-208497/09 Caratulado: “EJECUCION PRENDARIA: PSA FINANCE ARGENTINA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ DELICH MARIA JOSE, hace saber a la SRA. MARIA JOSE DELICH, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DE MAYO DEL 2.009.-1- Por presentado el DR. FEDERICO NICOLAS NAZARIO, por parte por constituido domicilio legal para actuar en nombre y representación de PSA FINANCE ARGENTINA COMPAÑIA FINANCIERA S.A., a merito de la copia juramentada que rola agregado en autos.-2- Por promovida la presente EJECUCION PRENDARIA y conforme a lo dispuesto por los art. 472 inc. 1º y 7mo y 478 del CPC, líbrese mandamiento de PAGO, Y EJECUCION en contra de la SRA. DELICH MARIA JOSE, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS ($21.168,98.-) en concepto de capital, con mas la de PESOS ($10.585.-) calculadas para responder a ulteriores del juicio.- En defecto de pago, ordenase el SECUESTRO del automotor marca CITROEN – TIPO SEDAN 5 PUERTAS – MODELO C3 1.6 I 16V EXCLUSIVE – MARCA DE MOTOR CITROEN MOTOR Nº 10DBTY0001299 – MARCA DE CHASIS CITROEN MOTOR Nº 935FCN6AP6B736325 – MODELO AÑO 2006 DOMINIO FQW 606 de propiedad de la demandada SRA. DELICH MARIA JOSE DNI Nº 24.173.778, designándose depositario judicial al SR. LUIS FICOSECO y/o la persona que el mismo designe, con las prevenciones y formalidades que la ley establece, quedando autorizado para correr con el diligenciamiento del presente el SR. MARTILLERO LUIS FICOSECO, como así también denunciar domicilio donde se encuentra dicho bien y proveer los medios de movilidad necesarios.- 3 – A tal fin líbrese el correspondiente MANDAMIENTO con las facultades inherentes del caso, pudiendo efectuar la medida en el domicilio del deudor o en el lugar en donde se encuentre inclusive en la vía publica y en el poder de quien se encuentre el mismo.-4- Cíteselos de REMATE, para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de TRES DIAS por ante este Juzgado y Secretaria Nº 5, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. – 5 – Córraseles TRASLADO del periodo de intereses y costas, con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- 6 – Por el mismo termino intímeselos a constituir domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ídem.- 7 – Comuníquese al Registro de la Propiedad del Automotor, conforme lo establece el art. 29 de la Ley Nº 12.962.- A tal fin líbrese el pertinente oficio.- 8 – Notificaciones en Secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese art. 154 del C.P.C. .- FDO. DRA. MARISA E. RONDON – JUEZ HABILITADA – ANTE MI: PROC. J. BERRAZ DE OSUNA – PRO SECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.- PRO–SECRETARIA: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de JUNIO DE 2.010.-
04/06/09 AGO. LIQ. Nº 89441 $ 26,00.-








