BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 09/08/2010

Acta de Asamblea General Extraordinaria BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A.

Del 3 de Agosto de 2010.- En la ciudad de San Salvador de JUJUY, a los 3 días del mes de Agosto de 2010 en la sede social de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A. sita en Alvear 678 piso 1° oficina N° 12, a horas 09, se reúnen los señores accionistas, Dr. Damián Alejandro Valenzuela Mayer y Marcos Antonio Valenzuela Mayer a efectos de celebrar ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A. quienes representan el 100 % del Capital social de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A, de acuerdo al libro de registro de accionistas, lo que da a la presente asamblea el carácter de unánime. Los socios se encuentran debidamente notificados y dispuestos a tratar el orden del día que mas abajo se detalla de acuerdo a la convocatoria efectuada por circular interna. Los socios acuden, en ejercicio de las facultades conferidas por el contrato y Estatuto Social celebrado en fecha 26 de Abril de 2007, contando con la autorización administrativa pertinente de la Dirección de Personas Jurídicas de JUJUY, e inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, mediante Resolución de fecha 17 de Octubre de 2007, Registrada en el Folio 248/265 LEGAJO XII, del Registro de Escrituras Mercantiles de Sociedades Anónimas: ABIERTA LA ASAMBLEA: * El accionista, Sr. Marcos Antonio Valenzuela Mayer propone al Dr. Damián Alejandro Valenzuela Mayer a los efectos de que se desempeñe como Presidente de la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A.- * Con la propuesta realizada se pone a consideración de la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A., se resuelve por unanimidad aceptar al Dr. Damián Alejandro Valenzuela Mayer, para que presida la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A., función que en este acto el Dr. Damián Alejandro Valenzuela Mayer asume. * Acto seguido el Presidente informa que mediante atenta nota que fue fechada en Buenos Aires el 30 de Julio de 2010, la Comisión Nacional de Valores comunica dictamen emitido por la Subgerencia de Bolsas, Mercados y Caja de Valores, suscripto por la Dra. Soledad Castro, en el marco del expediente 1857/2007, “Bolsa de Comercio de Jujuy S.A. S/ Inscripción”, en donde se solicita la modificación del Articulo Tercero del Estatuto Social en particular referentes a las normativas atinentes a los articulo 8 y 9 del Capitulo XVIII del las Normas CNV Texto Ordenado(2001). * Que la Comisión Nacional de Valores, organismo de control, impone un plazo de 10(diez) días para que se de cumplimiento y acreditación de las modificaciones requeridas en el Objeto Social lo que define el carácter de urgencia de la presente Asamblea Extraordinaria.- * Acto seguido el Presidente de la Asamblea Extraordinaria expone el siguiente orden del día: 1.Tratamiento de la modificación del Articulo 3° referente al Objeto Social expuesto en el estatuto de Bolsa de Comercio de Jujuy S.A, conforme a las requisitorias formuladas por la Comisión Nacional de Valores y la normativa vigente del Capitulo XVIII artículos 8 al 26 “ Bolsas de Comercio Sin mercado de Valores Adherido” de las Normas CNV (TO 2001).- 1.- Acto seguido el Presidente de la Asamblea Extraordinaria propone el tratamiento del primer punto del orden del día : Tratamiento de la modificación del Articulo 3° referente al Objeto Social expuesto en el estatuto de Bolsa de Comercio de Jujuy S.A, conforme a las requisitorias formuladas por la Comisión Nacional de Valores y la normativa vigente del Capitulo XVIII artículos 8 al 26 “ Bolsas de Comercio Sin mercado de Valores Adherido” de las Normas CNV (TO 2001).- A continuación el Sr. Presidente pone a consideración la aprobación del Punto en tratamiento poniendo especial énfasis en los preceptos de los Artículos 8 y 9 del Capitulo XVIII.- Luego de un intercambio de opiniones se decide en forma unánime aprobar el primer punto del orden del día, quedando el articulo TERCERO del estatuto social de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A. con la siguiente redacción: “Artículo 3º) Objeto: La sociedad se constituye para actuar como Bolsa de Comercio. No posee mercado de valores adherido. La sociedad actuará conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen el funcionamiento de las Bolsas de Comercio en la República Argentina, y a las disposiciones de la Ley 17811, Ley19.550 y el Código de Comercio de la República Argentina y las normativas que en consecuencia dicte la Comisión Nacional de Valores. Para el cumplimiento del presente objeto social la sociedad podrá : 1) Intervenir en la colocación de valores negociables públicos o privados.2) Recibir órdenes de comitentes sobre valores negociables con oferta pública en el país, a los efectos de cursarlas -por los medios de comunicación pertinentes- a los agentes de bolsa registrados en los mercados de valores donde coticen los valores negociables o a los agentes inscriptos en otras entidades autorreguladas según corresponda.3) En relación al punto 2) del presente articulo, la Bolsa de Comercio de Jujuy S.A., trasladará las ordenes que reciba de terceros a la entidad autorregulada Mercado de Valores de Buenos Aires y a la entidad autorregulada Mercado de Valores del Litoral a través de sus respectivos agentes e intermediarios, declarando expresamente que se somete a las normas y disposiciones que a tales efectos establezca dicha entidad para los agentes e intermediarios. 4) Realizar todas las acciones conducentes al mejor desarrollo del mercado de capitales en la Provincia de Jujuy; 5) Facilitar a sus socios toda clase de negocios lícitos y operaciones mercantiles, cuidando su realidad, su legalidad y seguridad; 6)Procurar mediante peticiones a las autoridades e instituciones que crea corresponder, una adecuada legislación relativa a esta actividad, al comercio, producción, finanzas y economía en general; 7) Efectuar estudios e investigaciones referentes a las materias expresadas en el punto anterior y crear o participar en instituciones con finalidad de bien público, para promover el análisis, elaboración de propuestas y soluciones en esas disciplinas; 8) Promover la formación de entidades adheridas; 9) Fomentar el arbitraje como medio de solución rápida y amigable de las cuestiones o litigios que se susciten en su seno fomentando la creación de Tribunales Arbitrales y de amigables componedores.10) Mantener y fomentar la colaboración, cooperación y relaciones con otras Bolsas y Mercados del país y del extranjero; 11) Llevar a cabo todos los demás actos jurídicos autorizados por las leyes, incluyendo los enumerados en el artículo 1.881 del Código Civil, y los que sean necesarios para su desenvolvimiento, siendo la presente enumeración únicamente enunciativa.12) En el cumplimiento del objeto social la sociedad observará y acatará en todo momento las regulaciones y normas que dicte la Comisión Nacional de Valores en su carácter de órgano de contralor.- A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto”.- Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.- * No habiendo mas puntos que tratar el Presidente de la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A., invita a ratificar todas y cada una de las decisiones tomadas en este acto y a transcribir las mismas, en el libro de Actas de Asamblea de la BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A., con debida notificación a los organismos de control enfatizando la unanimidad de las decisiones. A consideración de la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de BOLSA DE COMERCIO DE JUJUY S.A., se acepta la propuesta presentada por unanimidad.- *Siendo horas 09:30 Se cierra la Asamblea General Extraordinaria.- ACT. NOT. Nº A 00109249, ESC. FERNANDO RAUL NAVARRO, TIT. REG. Nº 31, S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 09 de agosto de 2010.-

Dr. RAMON A. SOSA

P/HABILITACIÓN AL JUZ. DE COMERCIO

09 AGO. LIQ. Nº 89489 $ 102,00.-