BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 02/08/2010
Dra. Norma Beatriz Issa, Pte. de Trámite en la Vocalía Nº 9, de la Sala 3ª de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcía. De Jujuy, en el Expte. Nº B-201.369/08, caratulado: Incidente de Ejecución de Honorarios en B-37.273/98: JOSE ANDRES ALDERETE C/ LEONARDO MACORITTO” hace saber al Sr. LEONARDO MACORITTO, la siguiente SENTENCIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de abril de 2010.-AUTOS Y VISTOS: Los de los expedientes Nº B- 201.369/08 caratulado: Incidente de Ejecución de Honorarios en B- 37.273/98: JOSE ANDRES ALDERETE C/ MACORITTO, LEONARDO”.- CONSIDERANDO: Que a Fs. 36/37 se presenta el Dr. RODOLFO ADRIAN RETAMOZO en nombre y representación del PERITO Ing. . JOSE ANDRES ALDERETE, conforme actuación en los autos principales, promoviendo ejecución de honorarios.- Intimada de pago y citada de remate mediante las publicaciones de los edictos obrantes constancias de las mismas a fs. 52/65 de autos, la demandada LEONARDO MACORITTO ,no se presentó a interponer ninguna excepción, habiendo vencido el plazo para oponerlas .- Que a Fs. 66 se presenta el Dr. RODOLFO ADRIAN RETAMOZO solicitando se dicte sentencia .- Por todo ello, la SALA TERCERA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY : RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida contra el señor LEONADO MACORITTO hasta hacerse el acreedor perito ing. JOSE ANDRES ALDERETE integro pago del capital reclamado o sea las sumas de PESOS UN MIL QUINIENTOS con 00/00 ($ 1.5000,00) en concepto de HONORARIOS, con mas las costas del juicio y con los intereses equivalente a la Tasa Pasiva que determina el B.C.R.A. desde la fecha del resolutorio en los autos principales, hasta su efectivo pago.- II.- Regular los honorarios profesionales del DR. RODOLFO ADRIAN RETAMOZO en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/00 ($266,00), más IVA si correspondiera.- III.- Agregar copia en autos, notificar por edictos y protocolizar.- Fdo.: Dra. NORMA BEATRIZ ISSA.- Pte. De trámite.- DR. CARLOS MARCELO COSENTINI.- Vocal.- CONSTANCIA: El presente fallo lo firman los dos miembros de este Tribunal, conforme lo dispuesto por Acordada Nº 71/08, Ante mí: Dra. NORA CRISTINA AIZAMA.- Secretaría.- Para tal efecto se publicarán en el Boletín Oficial y en un diario de tirada local por tres veces en diez días.- San Salvador de Jujuy, 16 de abril de 2010.-
30 JUL. 02/09 AGO. LIQ. Nº 89406 $ 26,00.-








