BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 02/08/2010
“2010 Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo”
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
CEDULA DE NOTIFICACION: Por la presente se le hace saber a Ud., que en el EXPTE. Nº 200-137/09, caratulado: SARDINA GODOFREDO HELVIO JESUS, S/RECONSIDERACION DEL DECRETO Nº 1680-G-08. Se ha dictado el siguiente acto administrativo: DECRETO Nº 5632-G-SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 MAR. 2010: VISTO Y CONSIDERANDO…EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º: Rechazase la presentación efectuada por el señor GODOFREDO HELVIO JESUS SARDINA, DNI Nº 24.611.597, a través de la cual solicita la revisión del Decreto Nº 1680-G-08, a tenor de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2º.– Déjase establecido que lo dispuesto por el presente ordenamiento no implica rehabilitar instancias administrativas y/o plazos vencidos, sino, solo dar respuesta a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial impone a los funcionarios públicos. ARTICULO 3º.- Por Secretaria General de la Gobernación, notifíquese al presentante con remisión de copia auténtica del presente Decreto. ARTICULO 4º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y, oportunamente, archívese.- Firmado: Dr. WALTER B. BARRIONUEVO – Gobernador, Dr. PABLO LUIS LA VILLA – Ministro a/c Jefatura de Gabinete – Dr. PABLO LUIS LA VILLA – Ministro de Gobierno y Justicia.
26/28/30 JUL. 02/04 AGO. S/C.-








