BOLETÍN OFICIAL Nº 77 – 14/07/2010

DRA. CRISTINA MARCO- Juez por Habilitación de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-218077/10, caratulado: “Ejecutivo por cobro de pesos: Morales, Gabriela Geraldine C/ Arroyo, Emilia Verónica”, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se han dictado los decretos que se transcriben a continuación: “San Salvador de Jujuy, 28 de Octubre de 2009: Téngase por presentado al Dr. Gustavo Javier Jaramillo, por constituido domicilio legal y por parte, como apoderado de la Sra, Gabriela Geraldine Morales, a mérito de la copia debidamente juramentada del Poder General que se agrega a la presente causa. Asimismo, atento a lo solicitado y de conformidad a lo previsto en los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la accionada EMILIA VERONICA ARROYO, por la suma de Pesos CIENTO DIECISEIS CON SESENTA CTVOS. ($ 116,60), en concepto de capital y con mas la suma de Pesos TREINTA Y CUATRO CON NOVENTA Y OCHO CTVOS. ($ 34,98), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo, requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de los acreedores y cíteselos de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del ítem. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con las prevenciones y formalidades de Ley, haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria del Juzgado son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Queda Ud. Facultado para allanar el domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario. Notificaciones, Art. 154 del C.P.C. Fdo.: Dra. Marisa Rondon, por ante mi Dra. Marcela Vilte, Dado, sellado y firmado en la Sala de mi público despacho, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 28 días del mes de octubre de año dos mil nueve.-San Salvador de Jujuy, 24 de marzo de 2010.- Atento las constancias de autos, lo solicitado en el escrito que antecede y lo dispuesto por el art. 162 del C.P.C., notifíquese por edictos a la demandada Sra. EMILIA VERONICA ARROYO, el decreto de fs. 8 de autos. A tal fin, publíquense edictos en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días.- Fdo. : Dra. Cristina Marco, Juez Habilitada. Por ante mi Secretaria Nº 2, Dra. Vilte, Sec. Habilitada. San Salvador de Jujuy, 24 de Marzo de 2010.-

07/12/14 JUL. LIQ. Nº 89305 $ 26,00.-