BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 30/06/2010
Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº 18.- En la ciudad de Palpalá, en el domicilio social de Italia 18 a los ocho días del mes de junio de dos mil diez siendo las 20 hs. se reúnen los accionistas que representan el total del capital social de El Piave S.A., Sres. Albino Pederiva, Laura Inés Barazzuol, Héctor Osvaldo Pederiva, Claudia Marcela Pederiva, Daniel Albino Pederiva, Virginia Gabriela Pederiva y Jorge Ernesto Cicero que fueron registrados en el Libro de Asistencia y depósito de acciones al folio Nº 18. La Presente se celebra bajo el régimen de Asamblea Unánime (Art. 237 de la ley 19550) a los efectos de tratar la corrección del Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº 16 del día veintitrés de abril de dos mil diez para dejar claramente redactado el artículo cuarto del Estatuto con respecto a la ampliación del objeto social. Toma la palabra el Sr. Albino Pederiva y sugiere las ampliaciones a introducir y luego de un intercambio de opiniones por unanimidad se resuelve la redacción definitiva del artículo cuarto relativo al objeto social quedando así: ARTICULO CUARTO: OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia ó de terceros, o asociada a terceros, al transporte de cargas por vía terrestre, transporte nacional e internacional multimodal, ingeniería de transporte, servicios de transporte nacional e internacional, utilizando al efecto medios propios ó de terceros cualquiera fuere la forma de contratación con empresas nacionales ó internacionales, el depósito o almacenaje de cargas y todo otro servicio conexo al transporte, la compraventa de vehículos nuevos o usados, repuestos y accesorios para vehículos, importaciones y exportaciones, podrá asimismo dedicarse al alquiler de cosas muebles e inmuebles, incluyendo el alquiler de máquinas pesadas con ó sin personal. Además la sociedad realizará la venta de lubricantes y combustibles líquidos, venta y explotación del G.N.C. (comprensivo de gas natural comprimido y todo relacionado a este rubro comercial) asimismo efectuará la explotación de maxiquiosco y autoservicio de mercaderías comestibles y en general, etc., incluyendo servicios de bar y confitería y afines. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos y celebrar todos los contratos que no sean prohibidos por las leyes ó por este Estatuto. No habiendo más temas que tratar se realiza un cuarto intermedio para la redacción de la presente acta y se procede a su lectura, firmándose luego la misma y se da por terminada la sesión siendo las 21,30 hs. ESC. A. CARINA LACSI, ADS. REG. Nº 25, S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de junio de 2010.-
NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA
ESCRIBANO- JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY
30 JUN. LIQ. Nº 89253 $ 102,00.-








