BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 30/06/2010

PRIMER TESTIMONIO.- Nº 175.- ESCRITURA NUMERO CIENTO SETENTA Y CINCO.- CESION DE CUOTAS SOCIALES OTORGADA POR DOÑA SILVIA NOEMI SINGH A FAVOR DE ALAN YAMIL CORNIER SINGH.– En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los diez días del mes de mayo del año dos mil diez, ante mí, CESAR RICARDO FRIAS, Escribano Público Autorizante, titular del Registro Número cinco, comparecen por una parte doña SILVIA NOEMI SINGH, argentina, Documento Nacional de Identidad número 13286124, CUIT 27-13286124-8, casada en primeras nupcias con Hugo Alberto Cornier, domiciliada en calle Monteagudo mil ciento sesenta y cuatro de ésta Ciudad y por la otra parte don ALAN YAMIL CORNIER SINGH, argentino, Documento Nacional de Identidad 36851025, CUIL 20-36851025-5, soltero, con igual domicilio, personas hábiles, mayores de edad, de mí conocimiento, doy fe.- Como que don Silvia Noemí Singh dice: Que por éste acto cede y transfiere a favor de Alan Yamil Cornier Singh la cantidad de dieciséis cuotas sociales que tiene y le corresponden en la razón Social “ANSELMO SINGH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, la que fuera constituida por instrumento privado de fecha veintitrés de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, sociedad que se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio de Jujuy, al número 3483 de orden, al número 143/150 del legajo XL y al folio 85, acta 2437 del libro VII de la matricula de comerciantes; que mediante acta de socios número dos de fecha veintiséis de junio de mil novecientos noventa y cuatro se modifica de contrato social inscripta en el Registro Público al asiento 33, folio 84/95 de SRL, legajo II, tomo I de marginales del Registro de Escrituras Mercantiles; Acta de socios de modificación de contrato social número diez de fecha veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y siete, inscripta al asiento 16, folio 43/44, del legajo I, tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles; Acta de socios de modificación de contrato social número quince de fecha once de agosto de mil novecientos noventa y ocho, inscripta al asiento 92, folio 299/300 del legajo I, tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles y escritura de modificación de contrato social pasada ante mí, bajo el número 603 de fecha veinticinco de noviembre del año próximo pasado, la que se inscribió en el Registro Público de Comercio al asiento 20, folio 91/94, legajo XIII, tomo I.- En consecuencia continúan manifestando las partes que ésta cesión se realiza por un valor total y convenido de pesos cien mil, los que fueron abonados antes de ahora en dinero de contado efectivo, otorgando por el presente suficiente recibo y carta de pago por lo que en consecuencia le transfiere las cuotas sociales antes referidas, obligándose finalmente a responder por evicción y saneamiento.- Las partes eximen al suscripto Escribano de la no solicitud del certificado de no inhibición que debe expedir la Dirección General de Inmuebles de la Provincia.- Se encuentra presente en éste acto don HUGO ALBERTO CORNIER, argentino, Documento Nacional de Identidad 10430250 cónyuge de doña Silvia Noemí Singh otorga su conformidad y aceptación en todos sus términos.- En éste estado, don Alan Yamil Cornier Singh acepta la cesión efectuada a su favor en los términos referidos.- En este estado el cesionario solicita al suscripto Escribano Autorizante celebre los trámites para su toma de razón en los registros respectivos.- Previa lectura y ratificación firman como a acostumbran hacerlo por ante mí, Escribano Público Autorizante, doy fe.- Hay dos firmas que pertenecen a los comparecientes.- Ante mí, está mi firma y sello.- CONCUERDA con su matriz que pasó ante mí, al folio 306 del Protocolo A de mi titularidad.- Para el INTERESADO expido éste PRIMER TESTIMONIO que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento doy fe.- ESC. CESAR RICARDO FRIAS, TIT. REG. Nº 36, S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de junio de 2010.-

NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA

ESCRIBANO- JUZ. DE COMERCIO DE LA PROV. DE JUJUY

30 JUN. LIQ. Nº 89259 $ 54,00.-