BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 25/06/2010

Dra. CRISTINA MARCO, Juez Habilitado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaría Nº 1, en el Expte. N° B-138.268/05, caratulado. “Pequeño Concurso Preventivo de Olver Yañez”, hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 12 de Febrero de 2010. 1) Habiéndose homologado este concurso y además habiéndose cancelado la totalidad de los créditos quirografarios, conforme lo denuncia el Sr. Síndico (fs.272/273), ordénase la CONCLUSIÓN de este concurso preventivo y ordeno el cese respecto del deudor de las limitaciones previstas en los arts. 15 y 16 de la Ley 24.522, tal como lo determina la jurisprudencia (Ver en el SAIJ, Sumario Nº B0046285”… la conclusión del concurso de la demandada por homologación del Acuerdo celebrado no tiene aptitud de sustraer a las causas por créditos anteriores a la apertura del mismo de las implicancias, alcances y resultados derivados del cumplimiento del acuerdo y de potenciales verificaciones tardías (con. Arts. 55, 56, 59, 63, 64, y conc. Ley 24.522)…” (SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, LA PLATA, BUENOS AIRES – Salas Hitters – Negri-De Lazzari-Pettigiani) Soria, Ángela M. c/ Clínica San Ramón S.A. s/Daños y Perjuicios). 2) Ordenar la publicación de edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación local, y en el lugar de radicación de los bienes de la concursada. 3) Respecto al pedido de regulación de honorarios formulado por el Sr. Síndico, estése a lo ordenado mediante resolución de fecha 01/06/07 (fs. 207/208 y vta.). 4) Ejecutoriada sea la resolución, líbrense los oficios dejándose sin efecto las inhibiciones oportunamente ordenadas. Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar los oficios para su posterior control y firma del Tribunal, el que deberá presentarse en Secretaría en el término de CINCO DIAS.- Notifíquese (Art. 154 del CPC).- FDO. DRA. CRISTINA MARCO – JUEZ HABILITADA, ANTE MI DRA. M. JOSEFINA VERCELLONE –SECRETARIA.- San Salvador de Jujuy, 26 de Marzo de 2010.

25/28/30 JUN. LIQ. Nº 88720 $ 26,00.-