BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 25/06/2010
Nº 227.- ESCRITURA NUMERO DOSCIENTOS VEINTISIETE.- SECCION “A”.-CESION DE CUOTAS SOCIALES DE “PIRQUITAS GOURMET SRL.”: otorgada por Omar Kamal Musri a favor de Hugo Rubén Tobchi.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a Diez días del mes de Mayo del año Dos mil diez, ante mí, Escribana Andrea Raquel Romero Zampini, Titular del Registro Notarial número Cuarenta y cinco, comparece por una parte el señor Omar Kamal MUSRI, Documento Nacional de Identidad número 11.256.339, CUIT/CUIL 20-11256339-4, casado en primeras nupcias con Lucía Beatríz González, con domicilio real y fiscal en Avenida 19 de Abril Nº 127, Barrio Centro de esta Ciudad; y por la otra parte lo hace el señor Hugo Rubén TOBCHI, Documento Nacional de Identidad número 10.791.577, CUIT 20-10791577-0, divorciado, con domicilio real y fiscal en calle Tijereta Nº 820, Barrio Los Perales de esta Ciudad.- Ambos comparecientes son argentinos, mayores de edad, hábiles, y personas identificados en los términos del artículo 1.002, inciso a del Código Civil.- Los comparecientes concurren por sus propios derechos, y además el señor Omar Kamal Musri lo hace en su carácter de socio de PIRQUITAS GOURMET S.R.L., tal como surge de Contrato constitutivo, el cual en fotocopia certificada se anexa al Legajo de Comprobantes de la presente escritura; doy fe.- Y el señor Omar Kamal Musri, manifiesta: PRIMERO: Que por este acto CEDE y TRANSFIERE a favor del señor Hugo Rubén Tobchi, la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la razón social “PIRQUITAS GOURMET S.R.L.”, la que se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio al Folio 184, Acta número 184 del Libro III de S.R.L. y bajo Asiento número 47, al Folio 440/446, del Legajo XIV, Tomo III del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL; ambas en fecha 07 de Septiembre de 2009.- Se deja expresa constancia que el total de las cuotas sociales cedidas suman Trescientas (300).- SEGUNDO: Ambas partes manifiestan que han convenido adjudicar a cada cuota de capital el precio de Pesos Cien ($100,00), por lo que la presente transferencia se realiza por la suma total de PESOS TREINTA MIL ($30.000).- El precio de la presente cesión es abonado de contado y en efectivo en éste acto, por lo que el Cedente le otorga al Cesionario formal recibo y carta de pago por dicho importe, y le transfiere todos los derechos y acciones emergentes que le corresponden y/o le pudieran corresponder, por lo tanto el cesionario subroga en todos sus derechos y acciones al cedente y ocupa su mismo lugar, grado y prelación.- TERCERO: El cedente declara que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes y que las cuotas sociales no registran embargos, ni gravámenes de ninguna naturaleza.- CUARTO: La presente cesión comprende el activo y el pasivo que al cedente le corresponde por su condición de titular de las cuotas cedidas, en virtud de lo cual el cesionario asume todas las obligaciones fiscales y cargas impositivas y previsionales de las que la sociedad será deudora desde su constitución hasta la fecha.- Por su parte el señor Hugo Rubén Tobchi, acepta la presente cesión efectuada a su favor en los términos referidos.- Asentimiento Conyugal: Presente en este acto la señora Lucía Beatríz González, Documento Nacional de Identidad número 17.907.641, con igual domicilio que su esposa, argentina y mayor de edad, en su carácter de cónyuge en primeras nupcias del cedente, presta su asentimiento conyugal a la presente cesión, conforme lo previsto por el artículo 1.277 del Código Civil; doy fe.- Derecho de Preferencia. Designación Gerente: Presentes en éste acto los señores Jorge Marcelo ECHENIQUE, Documento Nacional de Identidad número 14.374.687, y Rubén Serapio GUTIERREZ, Documento Nacional de Identidad número 13.268.239, en su calidad de socios gerentes de la razón social “PIRQUITAS GOURMET S.R.L.”, tal como surge de la documentación antes referenciada, manifiestan: -Que no ejercerán el derecho de preferencia previsto en el Artículo 7 del Estatuto de la Sociedad; y -Que en virtud de la presente cesión y del Articulo 9 del Estatuto de la Sociedad, designan como socios gerentes a los únicos socios de la firma, a saber los señores HUGO RUBEN TOBCHI, JORGE MARCELO ECHENIQUE y RUBEN SERAPIO GUTIERREZ; quienes en éste acto aceptan tal designación; doy fe.- Previa lectura y ratificación firman los presente, ante mí, doy fe.- ESC. ANDREA R. ROMERO ZAMPINI, TIT. REG. Nº 45, S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de junio de 2010.-
DR. RAMON A. SOSA
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
25 JUN. LIQ. Nº 88721 $ 54,00.-








