BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 14/05/2010
DR. ENRIQUE ROGELIO MATEO, Juez de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial, en el EXPTE. Nº B-221492/09: “CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO EN EXPTE. Nº B-213178/09: SADAIC c. SILVIO CARO – LOCAL CASEROS FS”.- Notifica por este medio a SILVIO CARO – LOCAL CASEROS FS, la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 21 de DICIEMBRE de 2009. Por medio del presente se le hace saber que en el Expte. Nº B-221492/09, caratulado “CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO EN EXPTE. Nº B-213178/09, se ha dictado el siguiente decreto que dice: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de Diciembre de 2009, al escrito de fs.20: Téngase por devuelto y debidamente diligenciado el Oficio dirigido al Director General de Inmuebles de la Provincia que se acompaña a fs.18/19 y en consecuencia de ello, hágase saber al Sr. SILVIO CARO la medida dispuesta a fs.21. Notifíquese por cédula y al accionado mediante la publicación de Edictos en un diario local y en el Boletín Oficial, y las posteriores resoluciones-cualquiera fuere su naturaleza-por Ministerio de Ley (art.52 del C.P.C.). Fdo. Dr. ENRIQUE ROGELIO MATEO, Juez. Ante mí: Prosecretario CÉSAR H. BAREA. Publíquese por Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES en CINCO DÍAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Diciembre de 2010.-
14/17/19 MAY. LIQ. Nº 87424 $ 26,00.-








