BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 05/05/2010
DRA. MARISA E. RONDON, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARIA Nº 6, en el Expte. Nº B-202.954/08, caratulado: EJECUTIVO: BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADA C/ CRUZ MIRIAM DEL CARMEN” se notifica a la SRA. CRUZ MIRIAM DEL CARMEN el siguiente decreto. Por presentado el Dr. PABLO MARCELO MENENDEZ, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO a merito del Poder para juicios que acompaña y con el Patrocinio Letrado del Dr. ALEJANDRO HUGO DOMINGUEZ. Atento lo solicitado y de conformidad a lo previsto por los Arts. 472, 478, y 480 del C.P.C., líbrese Mandamiento de pago, ejecución y embargo, en el domicilio denunciado y en contra de la SRA MIRIAM DEL CARMEN CRUZ por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON 33/100 CENTAVOS ($ 32.815,33) en concepto de capital, con mas la suma de PESOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SIETE CON 66/100 CENTAVOS ( $ 16.407,66) calculada para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar Depositario Judicial a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo manifieste si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen el nombre, monto y domicilio del o los acreedores. Cítesela de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones si las tuviere, dentro del plazo de CINCO DIAS, por ante este Juzgado y Secretaria Nº 6, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO del pedido de intereses, costas, con las copias respectivas por el término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y por el mismo plazo señalado se intimará a la parte demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KM. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del ídem.) Para el cumplimiento de la presente queda Ud. para solicitar el auxilio de la fuerza pública y allanar domicilio si fuere necesario Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Publíquese el presente EDICTO en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en CINCO DIAS. San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo de 2.010.-
30 ABR. 03/05 MAY. LIQ. Nº 87330 $ 26,00.-








