BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 23/04/2010

CESION DE CUOTAS SOCIALES

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los doce (12) días del mes de marzo de 2010, entre los Sres.: EZEQUIEL ATAUCHE, DNI. 29.707.513, Licenciado en Marketing, con domicilio en Calle Belgrano N° 1027 Piso 4to Depto. “A” de esta ciudad, casado con MARIA JOSE SIUFI DNI Nº 29.527.709, por una parte, quien en adelante se denominara “CEDENTE”, y por la otra, LUIS DANIEL LOPEZ DNI 22.874.169, CUIT 20-22874169-9, soltero, con domicilio en calle Libertad N° 1148 del Barrio Ciudad de Nieva de la ciudad de San Salvador de Jujuy, que en adelante se denominara la “CESIONARIA”, quienes previo haber comunicado a la sociedad y a sus socios la decisión de efectuar la presente cesión conforme prescribe el art.6 del Contrato Social de ICONO S.R.L. y sin que haya mediado oposición, convienen: PRIMERO: El “CEDENTE” con el consentimiento de su cónyuge MARIA JOSE SIUFI DNI Nº 29.527.709, vende, cede a titulo oneroso y transfiere a la “CESIONARIA” el total de sus cuotas de capital social de ICONO S.R.L.: SETENTA CUOTAS SOCIALES (70), de valor nominal PESOS CIEN ($100) cada una, que representan el 46,67 % del capital social de la Sociedad ICONO S.R.L., inscripta en el Registro Publico de Comercio de la Provincia de Jujuy Acta Nº 84, Libro III de Sociedades de Responsabilidad Limitada inscripto al Folio 332/339, Asiento Nº 43, Legajo XIII Tomo II del Registro de Escrituras.- Asimismo, el “CEDENTE” con el consentimiento de su cónyuge MARIA JOSE SIUFI DNI Nº 29.527.709, cede a titulo oneroso a la “CESIONARIA” todo derecho crediticio, deuda y acción que tuviere o le pudiera corresponder a ICONO S.R.L. SEGUNDO: La presente cesión de cuotas sociales y de derechos y acciones, se realiza por la suma de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($17.500), precio que la CESIONARIA ha abonado a la CEDENTE. CUARTO: La cesión comprende la proporción correspondiente de las reservas de la sociedad cualquiera sea su naturaleza, créditos o préstamos cuyos titulares sea la CEDENTE, las utilidades acumuladas y no distribuidas a la fecha y todos los demás bienes y derechos que legal y estatutariamente le correspondieren a la CEDENTE en su carácter de propietaria de las cuotas sociales. QUINTO: La CEDENTE se compromete a notificar a la sociedad la presente transferencia, para dar cumplimiento al artículo 152 de la ley Nº 19.550, dejando constancia que en fecha 5 de febrero de 2010 se comunico a los socios de la sociedad la presente cesión y que no medio oposición alguna ni tampoco ejercicio de derecho de preferencia.-SEXTO: Por la presente, el “CEDENTE” se compromete a renunciar al directorio luego de cumplidas las prestaciones de las partes en el presente contrato, renuncia que será debidamente notificada a la sociedad con posterioridad de comunicar la transferencia del paquete accionario.- SEPTIMO: A todos los efectos del presente contrato, las partes constituyen domicilio en los arriba indicados. Para caso de litigio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes del Departamento Manuel Belgrano de la provincia de Jujuy, Argentina, con exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción. Para su fiel cumplimiento, y para constancia, se firman tres ejemplares en un mismo tenor y un solo efecto. ACT. NOT. Nº A 00710870.- ESC. CESAR RICARDO FRIAS, TIT. REG. Nº 36, S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 1955.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Abril de 2010.-

DR. RAMON A. SOSA

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

23 ABR. LIQ. Nº 87277 $ 54,00.-